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Aprueba el pleno del Senado Ley de Amnistía

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La ley tiene el objetivo de despresurizar los centros penitenciarios federales para evitar contagios masivos de Covid-19
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Con el voto en contra del Partido Acción Nacional (PAN) y la ausencia del Revolucionario Institucional (PRI), el pleno del Senado de la República avaló en lo general la Ley de Amnistía con 68 votos a favor, que tiene objetivo de despresurizar los centros penitenciarios del país como un acto para evitar contagios masivos de Covid-19 al interior de los reclusorios.

En medio de una sesión en donde los miembros del pleno atendieron medidas de protección personal, se discutió una ley que generó polémica y diferencias para su aprobación. El PAN acusó de no atenderse los temas relevantes para la sociedad en tiempos de contingencia como es la economía y la salud. Advirtió el riesgo de dejar libres a “narcotraficantes y asesinos.”

A través de una comunicación institucional se informó de forma previa que el dictamen había sido aprobado en las Comisiones Unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos, en un proyecto de decreto que garantizar el derecho a la protección de la salud de las personas que hoy se encuentran recluidas por delitos menores, debido a su condición de pobreza, exclusión y discriminación.

El dictamen deja en claro que no beneficiará a reincidentes, personas acusadas de homicidio, secuestro, lesiones gravesviolencia o utilización de armas de fuego, feminicidasvioladores, tratantes, huachicoleros o delincuentes dedicados al robo de casas habitación, entre otros.

De acuerdo al comunicado, la Ley de Amnistía beneficiará exclusivamente a personas que hayan sido procesadas o se les haya dictado sentencia firme ante los tribunales del orden federal; aquellas que no sean reincidentes respecto del delito que están sentenciados, y que hayan cometido delitos antes de la fecha de entrada en vigor de esta ley.

Los supuestos en los que aplicará la amnistía es por el delito de aborto en cualquiera de sus modalidades, delitos contra la salud que hayan sido cometidos por personas en situación de pobreza o de extrema vulnerabilidad, por tener una discapacidad permanente, o cuando el delito se haya cometido por indicación de su cónyuge, concubinario o concubina o haya sido obligado por grupos de la delincuencia organizada.

También aplicará para aquellas personas que hayan cometido robo simple y sin violencia, pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas y que durante su proceso no hayan accedido plenamente a la jurisdicción del Estado, por no haber sido garantizado el derecho a contar con intérpretes o defensores que tuvieran conocimiento de su lengua y cultura.

El proyecto de decreto también contempla liberar a los procesados o sentenciados por el delito de sedición, o porque hayan invitado, instigado o incitado a la comisión de este delito formando parte de grupos impulsados por razones políticas, con el propósito de alterar la vida institucional. La amnistía para este grupo aplicará siempre que no se trate de terrorismo, y que en los hechos no se haya producido la privación de la vida, lesiones graves a otra persona o se hayan empleado o utilizado armas de fuego.

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