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Diputados del PVEM plantean pena de muerte para feminicidas

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Los legisladores afirman que está demostrado que la cadena perpetua no es una solución para evitar que se cometan crímenes de extrema crueldad
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Legisladores del Partido Verde Ecologista de México, con el apoyo de algunos diputados de Morena, propusieron aplicar pena de muerte a los violadores, a los feminicidas, y a quienes cometan homicidios dolosos.

En el texto de la iniciativa se indica que aunque la Constitución prohíbe la pena de muerte, se debe adecuar el orden jurídico para poder aplicarla.

“La pena de muerte se encuentra proscrita del orden jurídico mexicano desde el año 2005, la Constitución Política expresamente la prohíbe, por ello, para implementarse nuevamente debe adecuarse el orden jurídico”.

Los legisladores afirmaron que está demostrado que la cadena perpetua no es una solución para contener los crímenes de extrema crueldad y aseguraron que los criminales más desalmados merecen la pena de muerte.

“Queda claro que agravar las sanciones penales o incluso imponer cadena perpetua para ciertos delitos no ha resultado una solución efectiva para inhibir la comisión de crímenes de extrema crueldad”.

“Es deber y obligación del Estado enfrentar a los criminales más desalmados con la severidad que se merecen y creemos que la pena de muerte representa un castigo que podría ayudar a reducir la magnitud y la frecuencia de crímenes como los que aquí hemos referenciado”.

En una nota que publica el diario El Universal se indica que los legisladores aseguran que es necesario eliminar la prohibición de aplicar la pena de muerte y propusieron aplicársela a los feminicidas, cuando la victima sea menor de 18 años.

“El artículo 22 de nuestra Carta Magna establece un catálogo expreso de penas cuya imposición se encuentra prohibida en México”.

“Una de esas penas prohibidas conforme al texto constitucional vigente es la muerte, de tal manera que resulta necesario eliminar dicha prohibición a fin de abrir la posibilidad legal para el establecimiento de la pena de muerte como consecuencia jurídica de un delito que, en congruencia con este precepto constitucional, deberá ser proporcional a: (i) el delito sancionado y (ii) el bien jurídico afectado”.

“Cabe mencionar que, tal como se advertirá en la iniciativa de reformas legales que complementa a la presente iniciativa de reformas constitucionales, el tipo penal al que se propone que se aplique la pena de muerte es el homicidio doloso y el feminicidio cuando la víctima sea menor de dieciocho años, así como la violación cuando dolosamente los autores o partícipes priven de la vida a su víctima y ésta sea menor de dieciocho años”.

 

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