• Política

Castigan violencia contra regidoras de Puebla y Z.Mena

  • Héctor Llorame
El TEEP reportó al Congreso las agresiones del alcalde y al Cabildo de Z. Mena para que también imponga sanciones
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El TEEP sancionó al alcalde y al Cabildo de Francisco Z. Mena por violencia política contra la regidora Flor Teresa Ávila Núñez, y ordenó al IEE admitir la queja de la regidora de Puebla, Augusta Díaz de Rivera, también por violencia política.

El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) ordenó al alcalde de Francisco Z. Mena, Pascual Morales Martínez (de Morena), emitir una disculpa pública por sus agresiones y tomar un curso de sensibilización sobre la igualdad de género, igual que el resto de los regidores.

En sesión pública realizada este lunes, los magistrados también acordaron reportar los hechos al Congreso del estado y al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), a fin de que también emitan sanciones.

Todo esto tras acreditarse que la regidora Flor Teresa Ávila Núñez no ha recibido su sueldo desde la primera quincena de junio, carece de una oficina en el ayuntamiento, fue separada del cargo con una licencia que no pidió y fue objeto de burlas en internet, agresiones verbales del edil y exclusión de las sesiones de Cabildo.

La agraviada además denunció ante la Fiscalía General del Estado (FGE) amenazas y violencia física por parte de la esposa del alcalde, por lo que se le otorgaron medidas cautelares para salvaguardar su integridad.

La sentencia del TEEP fue aprobada por unanimidad al resolver el recurso de apelación TEEP-A-125/2019, promovida por la regidora afectada, que deberá ser restituida porque se invalidó la licencia que el Cabildo le otorgó sin que ella lo solicitara.

 Exhiben actuar del IEE

En otro punto de la sesión, el TEEP exhibió la actuación ilegal del secretario Ejecutivo del Instituto Electoral del Estado (IEE), César Huerta Méndez.

El funcionario recibió la queja de violencia política de la regidora panista de Puebla, Augusta Díaz de Rivera Hernández, pero no cumplió con el debido proceso de trámite.

En lugar de turnarla a la Comisión de Quejas y Denuncias, la envió al Dirección Jurídica y en un memorándum “delegó” la función de resolver la denuncia.

En la sentencia del TEEP se señaló que Huerta Méndez no tiene facultad legal para resolver quejas, tampoco para delegar funciones, así que su actuación fue ilegal, así como el sobreseimiento de la queja, como lo determinó la dirección Jurídica.

El recurso de Díaz de Rivera fue para denunciar violencia política del exsecretario de Medio Ambiente, Francisco Castillo Montemayor, que en una sesión de comisiones minimizó las capacidades intelectuales de la regidora panista.

Por las anomalías en el curso de la querella, el TEEP ordenó al IEE reiniciar el trámite y resolverla conforme al procedimiento legal.

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