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Exfuncionario de Acajete se deslinda de denuncia a Biestro

  • Héctor Llorame
Afirma que su nombre se usa sin su consentimiento
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Lorenzo Osorio Machorro, extitular de la Unidad de Transparencia del ayuntamiento de Acajete, se deslindó de la denuncia para iniciar juicio político al presidente del Congreso de Puebla, Gabriel Biestro Medinilla y el diputado José Juan Espinosa Torres.

La mañana de este miércoles presentó un escrito ante el Poder Legislativo para afirmar que no forma parte de quienes acusaron a los legisladores de falsear documentos.

“Por medio de esta, vengo a deslindarme de la supuesta denuncia presentada a mi nombre en contra usted y del diputado José Juan Espinosa Torres, presentada el día de ayer 5 de noviembre del presente año”, dice el oficio dirigido a Biestro Medinilla.

“Toda vez que su servidor, jamás signó dicho documento y lamento mucho que estén utilizando mi nombre para ello. No omito señalar que, de ser necesaria mi ratificación de este documento dejo mi número telefónico, para ser notificado al respecto”, agrega el escrito entregado en la Oficialía de Partes.

El  exfuncionario se deslindó así de la denuncia que también firmaron Dora Luz Sánchez Valencia, exsecretaria del Comité Ejecutivo Estatal (CEE) del PRD; María del Carmen Sánchez Zamora y Daniel Meléndez Analco.

Su reclamo de juicio político se debe a que Espinosa Torres, como alcalde de San Pedro Cholula, en 2017 habría otorgado a Biestro Medinilla la calidad de ciudadano poblano sin cumplir con los requisitos legales.

Con el certificado de ciudadanía, el entonces dirigente estatal de Morena pudo registrarse como candidato a diputado local y llegar a la presidencia del Poder Legislativo que hoy ostenta.

A decir de los quejosos, con lo anterior se violó de manera grave la Constitución Mexicana y la del estado, así como la ley electoral local.

El artículo 125 de la Constitución Política de Puebla señala que el juicio político procede únicamente por violaciones graves a la Constitución o por manejo indebido de recursos.

En su fracción II establece que: “se impondrán, mediante juicio político, y conforme al procedimiento establecido en Ley, las sanciones de destitución e inhabilitación para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza, al Gobernador del Estado, Diputados al Congreso Local, Auditor Superior, Magistrados del Tribunal Superior de Justicia, y del Tribunal de Justicia Administrativa, así como a los Consejeros de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, por: a). Violaciones graves a la Constitución del Estado. b). Manejo indebido de fondos y recursos del Estado. c). Actos u omisiones en el ejercicio de sus funciones, que redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho”.

Foto Agencia Enfoque

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