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Abre 4T opciones para que rinda protesta el gobernador de Puebla

  • Héctor Llorame
Se mantiene la opción de asumir en el Poder Judicial, ya que el juicio para revertirla sigue en la SCJN
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Diputados de Puebla buscan obligar a los futuros gobernadores a rendir protesta en el Congreso local, pero sin eliminar la opción de hacerlo en el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) a pesar de las críticas del año pasado.

Si por alguna razón los gobernantes electos se niegan a protestar ante los 41 legisladores del pleno, tendrían que asumir el cargo ante la Mesa Directiva, conformada únicamente por nueve diputados.

Lo anterior sería posible con una reforma a la Constitución Política del estado, propuesta en sesión ordinaria este lunes.

Se pretende cambiar el contenido del artículo 75, pero dejar intacta la opción de protestar ante el Poder Judicial, a pesar de que el año pasado fue muy criticada por la coalición Juntos Haremos Historia.

No obstante, la protesta en el TSJ se busca reservar únicamente para casos de “fuerza mayor”, misma que los gobernantes electos deberán explicar por escrito.

El proyecto de ley conserva la fecha de la toma de protesta, pero busca establecer en la Carta Magna el mensaje protocolario para la asunción, de modo que el artículo 75 quede de la siguiente forma:

“La o el Gobernador durará en su encargo seis años y tomará posesión el día catorce de diciembre del año de la elección. Al tomar posesión de su cargo, rendirá formal protesta ante el Congreso del Estado o la Comisión Permanente, en los recesos de aquél, en los términos siguientes: "Protesto guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la particular del Estado, y las Leyes que de ellas emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de Gobernador que el pueblo me ha conferido, y pugnar en todo momento por el bien y prosperidad de la Unión y del Estado, y si así no lo hiciere, que la Nación y el Estado me lo demanden".

“Si por cualquier circunstancia, la o el Gobernador no pudiere rendir la protesta en los términos del párrafo anterior, lo hará de inmediato ante la Mesa Directiva del Congreso del Estado. En caso de que el Gobernador no pudiere rendir la protesta ante el Congreso del Estado, la Comisión Permanente o ante la Mesa Directiva, deberá hacerlo de inmediato ante el Presidente del Tribunal Superior de Justicia; manifestando por escrito y previo al acto de toma de protesta, las causas fortuitas y/o de fuerza mayor que lo ameriten”.

Polémico artículo

Antes de irse la LIX Legislatura (con mayoría del PAN) estableció en agosto de 2018 que los gobernadores podrían asumir en el TSJ, pero en aquel tiempo se consideró un “blindaje” para la entonces gobernadora electa Martha Erika Alonso Hidalgo, pues en septiembre llegaría la legislatura con mayoría de Morena y se esperaba un choque entre diputados.

A su llegada los legisladores del bloque obradorista impugnaron el artículo con una acción de inconstitucionalidad en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

A la fecha no hay una resolución del juicio y se desconoce cuándo la habrá, ya que el recurso sigue en estado de análisis.

El artículo 75 constitucional vigente que sigue impugnado dice:

“El Gobernador durará en su encargo seis años y tomará posesión en ceremonia que se celebrará el día catorce de diciembre del año de la elección.

El Gobernador, al tomar posesión de su cargo, prestará la protesta de Ley correspondiente ante el Congreso o ante la Comisión Permanente, en los recesos de aquél. En caso de que por cualquier circunstancia, el Gobernador no pudiere rendir la protesta ante el Congreso o ante la Comisión Permanente, lo hará de inmediato ante el Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado”.

Además de Puebla, solo Durango, Veracruz, Estado de México, Guerrero y Morelos son las entidades donde se permite a los gobernadores asumir en el Poder Judicial, además de que a nivel federal el presidente también puede hacerlo.

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