• Sociedad

Ventila CNDH acoso sexual en clínica de Chichiquila, Puebla

  • Efraín Núñez
El organismo garante de los derechos humanos advirtió que se violaron derechos humanos en contra de una voluntaria de salud y de tres indígenas nahuas
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En su informe 2015 – 2018 sobre acoso sexual la Comisión Nacional de Derechos Humanos destacó casos registrados en la Unidad Médica Rural 152 del IMSS, ubicada en el municipio de Chichiquila, en contra de una voluntaria de salud y tres usuarias por parte de un médico

En el informe la CNDH destaca su preocupación por el hecho de que Puebla, junto con los estados de Baja California, Sonora y Tamaulipas solo sancionan el acoso sexual cuando se cause daño o perjuicio a la víctima. 

Recomendación por acoso en Chichiquila 

En la recomendación 26/201867, emitida en 2018, la CNDH detalló que una primera víctima que se desempeñaba como “voluntaria de salud” del Proyecto “IMSS-Prospera” en la UMR152, de manera constante el médico le hizo comentarios, bromas sugestivaspreguntas intrusivas y de índole sexual acerca de su cuerpo y vida privada, lo que le generó temor, y provocó que dejara de ser voluntaria y de acudir a la clínica.

En otro caso una afectada acudió a consulta prenatal con el médico pero este se opuso insistentemente a que su cuñada la acompañara

El médico le hizo preguntas sobre su historia clínica, así como cuestionamientos y comentarios indebidos sobre su vida sexual.

Por esta razón la afectada se sintió intimidada, por lo que determinó no regresar a la clínica hasta el nacimiento de su hijo

La CNDH determinó la existencia de violaciones a los derechos humanos a una vida libre de violencia, y a la no discriminación, en agravio de la voluntaria de salud, una usuaria y otras dos usuarias consultantes mujeres indígenas nahuas.

Piden al IMSS que tomen medidas

La CNDH recomendó al IMSS que se tomen las medidas para que se repare integralmente el daño, con motivo de la responsabilidad en que incurrió el médico, y se les inscriba en el Registro Nacional de Víctimas a las afectadas para que tengan acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral.

Además propone que se otorgue a las afectadas atención psicológica por personal especializado de forma continua, hasta que alcancen un estado óptimo de salud psíquica y emocional, conforme a los padecimientos sufridos, edad y especificidades de género de manera gratuita.

También que en un plazo de seis meses, se imparta al personal de la Oficina de Investigaciones Laborales del IMSS en el estado de Puebla, capacitación en materia de acceso a la justicia con perspectiva de género para aquellas presuntas víctimas de violencia contras las mujeres, violencia sexual.

Preocupa a la CNDH legislación en Puebla

La CNDH señala en su informe de los últimos tres años que el hostigamiento sexual se encuentra previsto en casi todas las entidades federativas, salvo en la Ciudad de México quien no prevé este tipo penal en los Códigos Penales.

No obstante, consideró de especial preocupación que en Puebla, Baja California, Sonora y Tamaulipas, así como en la federación se establezca que sólo será punible esté delito cuando se cause un daño o perjuicio a la víctima.

Respecto de las penas que se prevén en este delito, la mínima la establece el estado de Hidalgo con tan sólo tres meses y la máxima es de siete años, regulada en Coahuila.

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