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Es legal la candidatura de Cárdenas Sánchez, resuelve el TEPJF

  • Héctor Llorame
Desecha tres impugnaciones que acusaban ilegalidad en el procedimiento interno
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El TEPJF validó el nombramiento de Enrique Cárdenas Sánchez como candidato del PAN a la gubernatura tras desechar por falta de pruebas las tres impugnaciones promovidas por Sulpicio Marcelino Perea Marín, quien acusó ilegalidades en el procedimiento.

Por unanimidad, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que la designación hecha por la Comisión Permanente Nacional se apegó a la ley, aunque haya sido en fast-track.

Al resolver los juicios SUP-JDC-68/2019 y SUP-JDC-71/2019, el tribunal señaló que el órgano intrapartidista no violó sus estatutos ni lo establecido en la convocatoria de designación de candidatos al ejercer su facultad de nombrar al exrector de la UDLAP de manera discrecional.

Esto debido a que el método de selección aprobado el 12 de febrero por el Consejo Político Estatal fue el dedesignación directa, lo cual dejaba a la Permanente elegir al candidato a su libre arbitrio.

La sentencia precisa que tampoco fue ilegal haber ignorado la terna final de aspirantes, así como haber dejado fuera de la contienda a los otros cuatro precandidatos que se registraron.

Así se confirmó que Cárdenas Sánchez fue hecho candidato de manera legal y por ende es válido que se encuentre en campaña por la gubernatura de Puebla, postulado en candidatura común por el PAN, PRD y MC.

Los aspirantes

Los siete precandidatos que se registraron fueron los exdiputados federales Francisco Fraile García y Blanca Jiménez Castillo, así como el alcalde de Atlixco Guillermo Velázquez Gutiérrez y los exalcaldes Luis Eduardo Paredes Moctezuma (de Puebla) e Inés Saturnino López Ponce.

De entre ellos el Comité Ejecutivo Estatal (CDE) eligió una terna formada por Fraile García, Jiménez Castillo y Velázquez Gutiérrez, de los cuales el último se perfilaba para ser el candidato.

Como la contienda estaba abierta a ciudadanos sin militancia, se postuló Ana Teresa Aranda Orozco, quien renunció al blanquiazul en el 2015 para ser candidata a la gubernatura por la vía independiente.

También se inscribió Perea Marín, el único de todos los participantes que se inconformó con la designación de Cárdenas Sánchez debido a que fue operada en fast-track por el Comité Ejecutivo Nacional (CEN) panista.

En la sesión de designación nadie de la Comisión Permanente votó por ninguno de los siete precandidatos, así que Héctor Larios Córdova, secretario General del CEN, decretó abrir un espacio para nuevas postulaciones y ahí entró el registro del exdirector del CEEY, que fue aprobado de inmediato por unanimidad.

Desechan tres impugnaciones

La Sala Superior concluyó que los partidos tienen la libertad de conducir sus procesos internos, además de que los órganos de dirección tienen la facultad de desechar o aceptar postulaciones dado que la terna que se fijó era simbólica, más no vinculante.

Por tal motivo desechó por unanimidad el recurso de Perea Marín, quien también impugnó la tardanza de la Comisión de Justicia para dar resolución a la impugnación interna que promovió y por ello exigía revertir la candidatura en otro recurso marcado con el expediente SUP-JDC-071/2019.

El TEPJF acreditó el retraso e impuso una amonestación pública al partido debido a que ha sido reincidente y ha cometido la misma falta en la resolución de varias quejas, pero negó la revocación del nombramiento del exdirector del Centro de Estudios Espinosa Yglesias (CEEY).

Finalmente, el juicio SUP-JDC-074/2019 también fue desechado porque exigía echar abajo el dictamen con el que el Instituto Nacional Electoral (INE) registró a cárdenas Sánchez como candidato, bajo el argumento de que su designación se encontraba impugnada y por lo tanto no podía aprobarse, pero esto fue desmentido por el tribunal.

Foto: TEPJF

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