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Da TEPJF 48 horas para que Morena fundamente candidatura de Barbosa

  • Héctor Llorame
Magistrados validan designación de Barbosa y su campaña no se verá afectada
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Con votación dividida, el TEPJF validó el nombramiento de Miguel Barbosa Huerta como candidato a la gubernatura de Puebla, pero Morena deberá fundamentar y transparentar la designación.

Con tres votos a favor y tres en contra, (pero aplicando el voto de calidad del presidente de la Sala Superior, Felipe Alfredo Fuentes Barrera), el experredista mantuvo su candidatura que fue impugnada por el senador con licencia Alejandro Armenta Mier.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dio 48 horas al partido para que emita un dictamen fundado y motivado explicando por qué designó al exsenador debido a que no presentó pruebas documentales que sustentaran su decisión.

Por lo tanto se tendrá que hacer pública la encuesta en la que Barbosa ganó a Armenta Mier y a la senadora del PT, Nancy de la Sierra Arámburo.

Los magistrados Reyes Rodríguez Mondragón, Janine Otálora Malassis e Indalfer Infante González pugnaban por revocar la candidatura de Barbosa Huerta y  que se repitiera todo el proceso interno de Morena.

Esto debido a que el acuerdo que ungió al candidato no hace referencia a que ganó la encuesta, no muestra los resultados, ni precisa los criterios que se tomaron para que fuera electo, señalaron.

En la opinión de los magistrados, esto no da certeza de que Barbosa Huerta haya sido designado de forma legítima e incluso ponía en duda que se haya realizado una encuesta.

Los magistrados emitieron un voto particular para ordenar a Morena que haga públicos los resultados y la metodología utilizada en la encuesta que definió la candidatura, pero no procedió su demanda de repetir el proceso de designación.

Inexistentes los reclamos de Armenta

Además de Fuentes Barrera --ponente del caso-- los magistrados Aralí Soto Fregoso y José Luis Vargas Valdés votaron a favor de que solo se ordenara la debida fundamentación del nombramiento sin que esto afecte a la campaña que actualmente realiza el abanderado de la coalición Juntos Haremos Historia.

Esto tras declarar infundados e inoperantes los agravios denunciados por Armenta Mier, quien acusó que no se le dio a conocer la metodología de la encuesta y que la designación fue una imposición de la dirigente nacional morenista, Yeidckol Polevnsky Gurwirtz.

A decir de fuentes Barrera, el inconforme sí conoció los términos en los que sería levantado el estudio demoscópico e incluso firmó un papel donde los aceptaba, así que su reclamo resultaba incongruente.

Armenta Mier también afirmó en su juicio para la protección de los derechos político electorales que había resultado ganador de la encuesta, pero que la dirigencia nacional del partido hizo una revalorización de los resultados (no contemplada en los estatutos) y ahí fue beneficiado Barbosa Huerta.

Su denuncia fue improcedente al señalarse que el punto de vista de los liderazgos forma parte de la encuesta y por tanto sí está contemplado en los estatutos, además de que los partidos son entes autónomos libres de fijar sus reglas de designación de candidatos.

Fue así que en el recurso SUP-JDC-075/2019 se resolvió revocar el acuerdo por el cual se nombró candidato a Barbosa Huerta, pero no su designación, para que el partido emita uno nuevo bien fundamentado en el cual se incluyan los resultados de la encuesta practicada a mil 440 personas.

Aunque el magistrado Felipe de la Mata Pizaña estuvo presente al inicio de la sesión y escuchó parte del debate, a la mitad del asunto se salió del pleno de la Sala Superior y no regresó hasta después de que se votó el juicio promovido por Armenta Mier.

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