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Dan 16 años de cárcel a Chema Sosa por caso de Paulina Camargo

  • Alberto Melchor
Un juez señala que es culpable de homicidio simple intencional y aborto, aunque a la fecha no se ha encontrado el cuerpo de la joven que estaba embarazada
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El Juez Tercero de lo Penal en Puebla dictó sentencia condenatoria a José María Sosa Álvarez por los delitos de homicidio simple intencional y aborto, en agravio de Paulina Camargo Limón, por lo que se ordenó una pena de 16 años y 6 meses de prisión.

Así lo dio a conocer Luis Alberto Sosa Álvarez, papá de José María, al indicar que fue la noche del martes cuando formalmente le notificaron al joven la sentencia condenatoria en su contra por el proceso penal 374/2015.

La sentencia emitida por el juez Francisco Javier Martínez Castillo, la cual se da a tres años y cinco meses de que fue detenido Sosa Álvarez, también contempla la reparación del daño moral y material, así como una indemnización a la parte agraviada.

Asimismo, en un documento en poder de e-consulta, se precisa que por el delito que en el proceso penal se resuelve, correspondiente a homicidio, no se permitirá la conmutación de la pena por una multa económica.

Ante esta situación, la familia Sosa Álvarez y su defensa legal anunciaron que recurrirán a la apelación de la sentencia para que un magistrado federal resuelva sobre su legitimidad, ya que la consideran injusta, porque a la fecha no se ha encontrado el cadáver o evidencia de que el homicidio ocurrió y fue perpetrado por José María.

Es de resaltar que ante estas deficiencias en el proceso penal 374/2015, la Fiscalía General del Estado inició en 2018 un nuevo proceso penal en contra de 'Chema' Sosa,ahora por el delito de desaparición de persona, argumentando que no había evidencia de la muerte de Paulina.

Fue en agosto del 2015 cuando José María Sosa Álvarez fue detenido como principal sospechoso de la desaparición de Paulina Camargo, quien estaba embarazada y que la última vez que fue vista fue cuando abordó un taxi con José María en el Circuito Juan Pablo II.

El caso de Paulina Camargo, inconcluso pese a la sentencia

Las contradicciones, inconsistencias y demás irregularidades que demostró la Procuraduría General de Justicia (PGJ), ahora Fiscalía General del Estado, en el caso de Paulina Camargo Limón, han provocado que el caso siga inconcluso aún y cuando ya se emitió una sentencia de 16 años de cárcel a José María Sosa Álvarez, presunto homicida de la joven.

Durante los 3 años y 5 meses que ha durado la investigación, una de las principales incógnitas sigue siendo el paradero del cuerpo de Paulina, ya que de acuerdo con el Código de Procedimientos Civiles en materia Penal, se debe de contar con el cadáver o restos del cuerpo, así como un acta de defunción y una autopsia, para poder acreditar un homicidio.

Sin embargo la autoridad ministerial no sólo falló en la localización del cuerpo, sino que además construyó dos teorías del caso en torno a lo ocurrido con la joven de 19 años, donde ya consiguió una sentencia por homicidio y aborto, pero mantiene vigente un proceso por desaparición de persona cometida por particulares.

A continuación e-consulta recopila los datos más importantes de esta historia que comenzó a escribirse el 25 de agosto del 2015, cuando Paulina presuntamente abordó un taxi con José María, y ya no se le ha vuelto a ver hasta la fecha.

La desaparición

La noche del martes 25 de agosto de 2015 familiares de Paulina Camargo Limón, de 19 años de edad y 5 meses de embarazo, comenzaron a pedir informes sobre su paradero a través de redes sociales ya que por la tarde había salido de su hogar y llevaba varias horas sin comunicarse con ellos.

Al primero que recurrieron fue a José María Sosa Álvarez, pues era el novio y padre del bebé que Paulina esperaba, sin embargo él aseguró había dejado a Paulina alrededor de las 20:00 horas, cuando tomó un taxi rumbo a su casa tras tomar un café con ella en la Plaza Solé, ubicada en el Circuito Juan Pablo II esquina con la 18 Sur.

Esa declaración se mantuvo cuando, de forma voluntaria, "Chema" acudió a declarar ante la entonces Procuraduría General de Justicia, además de que incluso aportó algunos datos de la media filiación del chofer y de la unidad de alquiler, aunque sin el número de placas pues dijo no haberse percatado de ese dato.

La detención del homicida

Fue apenas unos días después de la desaparición que el 28 de agosto de 2015, la Procuraduría General de Justicia detuvo a José María Sosa Álvarez tras acudir a ratificar su declaración, ya que según las autoridades de manera espontánea y sin ningún tipo de presión, habría declarado que él asesinó a Paulina.

De manera exprés se obtuvo una orden de cateo para revisar el domicilio de José María, en la unidad habitacional La Margarita, al tiempo en que un grupo de peritos se encargó de reconstruir los hechos y llevó la búsqueda de la joven hasta un contenedor de basura cercano, donde presuntamente fue abandonado su cuerpo.

Tras varios días de búsqueda y sin mayores indicios que una gota de sangre en el baño, las autoridades sostuvieron la teoría del homicidio de Paulina y consiguieron que el Juez Tercero de lo Penal dictara auto de formal prisión en contra de José María por falsedad de declaraciones, manteniéndolo privado de su libertad e internado en el Cereso de San Miguel.

Amparos y yerros

En las semanas siguientes los peritos de la PGJ realizaron búsquedas en barrancas, ríos y hasta en el relleno sanitario de Chiltepeque, sin embargo no pudieron encontrar rastro alguno del cadáver de Paulina, aunque esto no fue factor para modificar la teoría del homicidio, basándose únicamente en la supuesta declaración de José María.

Esta situación facilitó a la defensa legal del presunto homicida, la solicitud de recursos de amparo para invalidar el auto de formal prisión por falsedad de declaraciones, argumentando y, posteriormente, demostrando que dicha declaración había sido obtenida bajo tortura y amenazas, por parte de los agentes ministeriales.

Pero Chema ya no salió de prisión pues en su contra ya obraba la averiguación previa 374/2015 por los delitos de homicidio simple intencional y aborto, basado esencialmente en la evidencia de una gota de sangre hallada en el baño del departamento de Chema y de los videos en los que se le ve abordar un taxi junto con ella.

Dichos elementos fueron desechados el 15 de marzo del 2018 por los magistrados del Segundo Tribunal Colegiado en materia Penal del Sexto Circuito, quienes ratificaron el amparo 298/2017 a favor de José María, al tiempo en que concluyeron que hasta ese momento, la ahora Fiscalía General del Estado no había proporcionado pruebas sustanciales del caso y había reclasificado delitos para encuadrarlos en su hipótesis del caso.

Tras subsanar de manera superficial las deficiencias enlistadas por la justicia federal, nuevamente el juez Tercero de lo Penal en Puebla, Francisco Javier Martínez Castillo, ratificó el auto de formal prisión y mantuvo el proceso por homicidio simple intencional y aborto, el cual concluyó con la sentencia de este martes 12 de febrero con una pena de 16 años y 6 meses de cárcel.

Del homicidio a la desaparición

Aunado la reclasificación de delitos que sufrió el proceso 374/2015 y con la presión de que un tribunal federal pudiera dejarlo insubsistente, la Fiscalía General del Estado, a través de la Fiscalía Anticorrupción, inició un nuevo proceso contra José María en marzo del 2018.

En esta ocasión las autoridades abandonaron la hipótesis del homicidio y por primera vez reconocieron que no había elementos para demostrarlo, a fin de clasificar el caso bajo el delito de desaparición de persona cometida por particulares.

Esta acusación sustentada en la Ley General en materia de Desaparición Forzada de Personas, aprobada un mes antes, establece en el artículo 34 que la desaparición cometida por particulares consiste en "privar de la libertad a una persona con la finalidad de ocultar a la víctima o su suerte o paradero", además de que tiene una pena de entre 25 y 50 años de prisión.

En su oportunidad el entonces fiscal, Víctor Carrancá Bourget, aseguró que el nuevo proceso no significaba que no tuvieran certeza de que la joven había sido asesinada, sin embargo reconoció que era necesario agotar todas las estrategias legales para dar justicia a la familia de Paulina.

El segundo proceso que ya se guía bajo las nuevas reglas del sistema de justicia penal acusatorio, aún se encuentra en su fase intermedia, por lo que será hasta dentro de unos meses cuando se llegue a la etapa de juicio y en su caso, se puede determinar si existe culpabilidad o no, a fin de que se imponga una sentencia condenatoria o absolutoria.

Foto: archivo e-consulta

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