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Congreso analiza 6 propuestas formales para gubernatura interina

  • María Pineda
Gabriel Biestro, líder de la Legislatura señaló que la intención es llegar a un acuerdo de unanimidad a más tardar el 12 de enero.
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De manera formal, los integrantes de la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Congreso analizan seis perfiles para designar al gobernador interino, confirmó Gabriel Biestro Medinilla.

Los perfiles que de manera oficial presentaron su carta de intención para el interinato son: Ricardo Villa Escalera, Marcia Luz García Fernández de Lara; la regidora del ayuntamiento de Puebla, Rosa Márquez Cabrera; el ex rector de la BUAP, José Doger Corte;  el ex candidato de Morena a la gubernatura, Abraham Quiroz Palacios, y el presidente del Tribunal Superior de Justicia, Héctor Sánchez Sánchez.

Aunque no precisó los criterios bajo los que se eliminarán a los aspirantes, Biestro Medinilla adelantó que la intención es que entre el jueves 10 y sábado 12 de enero se defina, por unanimidad, al perfil que ocupará el gobierno interino.

La designación del gobernador interino se da por el fallecimiento de la gobernadora Martha Erika Alonso Hidalgo, suceso que se registró el pasado 24 de diciembre.

El 26 de diciembre, Jesús Rodríguez Almeida, encargado de despacho del gobierno del Estado, informó a la LX Legislatura de la ausencia definitiva de Alonso Hidalgo, y que el Congreso contaba con un plazo de 30 días para designar a un gobernador interino para iniciar una elección constitucional que defina al próximo titular del Poder Ejecutivo.

Aunque Rodríguez Almeida estableció un plazo de un mes, el cuarto párrafo del artículo 77 de la Constitución señala que ante laausencia mayor a 30 días del gobernador, el Congreso debe nombrar de manera “inmediata” al  titular interino del Poder Ejecutivo.

Una vez que se designe al interino, el Poder Legislativo contará con 10 días para convocar a la elección, comunicando de manera oportuna al Consejo General del Instituto Electoral del Estado (IEE).

La fracción XVIII del artículo 57 de la Constitución expresa que la “elección ha de mediar un plazo no menor de tres meses ni mayor de cinco. El Gobernador electo tomará posesión diez días después del escrutinio, cómputo y declaración que se haga en términos de ley”.

Elección de un diputado no implica conflicto de interés: Biestro

La elección y designación de un diputado como gobernador interino no representa un conflicto de interés, aseveró Biestro Medinilla.

En entrevista, el presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política aclaró que los integrantes de la LX Legislatura tienen el derecho de participar en el proceso, pero que al igual que el resto de los aspirantes tendrán que manifestar su intención.

De la posibilidad de que el diputado Héctor Alonso Granados o él sean considerados, precisó que en el caso de su compañero tendrá que manifestarlo formalmente, y aclaró desde su posición como líder del Congreso no está esperando una instrucción por parte de la dirigencia nacional de Morena para considerar  ser el gobernador interino.

Foto: Agencia Enfoque

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