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Ignora Puebla criterio internacional sobre derechos indígenas: CNDH

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Falta armonización de la Constitución local con reglas internacionales para garantizar los derechos y libertades de las personas indígenas
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Puebla se encuentra entre los 10 estados que desprotegen a las comunidades indígenas y les imposibilitan ejercer sus derechos ante la falta de armonización de la Constitución local con criterios internacionales, según lo señaló la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

El organismo expuso que Puebla, Aguascalientes, Baja California Sur, Ciudad de México, Coahuila, Michoacán, San Luis Potosí, Tamaulipas, Zacatecas y Nuevo León registran un avance global inferior al 60% en este proceso e incumplen la obligación internacional de hacer efectivos, en toda su integridad, los derechos y libertades de las personas indígenas.

Al presentar el “Estudio Seguimiento a la Armonización Normativa de los Derechos Humanos, Derechos de las Personas, pueblos y comunidades indígenas”, la cuarta visitadora general de la CNDH, Eréndira Cruzvillegas Fuentes, señaló que el mayor porcentaje de avance global de armonización en este tema se dio en Hidalgo y Chiapas, con 77.14% y 77.43%, respectivamente.

Durango, Jalisco, Morelos, Oaxaca y Tabasco registran 68.57%; Baja California, Chihuahua, Estado de México, Guanajuato, Querétaro, Sinaloa y Tlaxcala, 65.71%; en 62.86% están Guerrero, Quintana Roo, Yucatán y Nayarit; y en 60%, Campeche, Colima, Sonora y Veracruz.

Explicó que el estudio tomó como punto de partida diversos instrumentos internacionales a partir de los cuales se extrajo un listado de 14 disposiciones jurídicas que fueron analizadas en la legislación nacional, alcanzando el 62.68% de avance en la armonización.

Respecto del porcentaje total de avance correspondiente a cada disposición jurídica, construido a partir de las calificaciones de cada entidad federativa, apuntó que el derecho al respeto a la integridad de los pueblos y comunidades indígenas alcanzó 54%; derecho a la no discriminación, 69%; derecho a la participación de los pueblos indígenas, 70%.

Coincidieron en 60% los derechos de los pueblos y comunidades indígenas de ser consultados; a decidir sus prioridades; a la libre determinación y autonomía; de reconocimiento y protección de derechos y valores; a la igualdad de género, y el derecho de las niñas y mujeres indígenas a ser valoradas y educadas libres de patrones, estereotipos de comportamiento y prácticas sociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad o subordinación.

El derecho a conservar costumbres e instituciones, 76%; derecho a preservar su idioma indígena, 64%; derecho a la propiedad y posesión sobre sus tierras; 63%; derechos de las niñas y mujeres indígenas a una vida libre de violencia, y 61%, el derecho a tener acceso a las funciones públicas y a participar en la toma de decisiones en los asuntos públicos.

Dado que el marco jurídico de protección a los derechos de las personas, pueblos y comunidades indígenas es muy extenso, el estudio no abarcó su totalidad y se centró en cuatro leyes en cada entidad federativa, tratándose de las legislaciones en materias de derechos de las personas indígenas; salud; discriminación y educación.

Foto Agencia Enfoque

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