• Política

Tumba TEPJF triunfo del PRI en San Salvador El Seco

  • María Pineda
Los magistrados señalaron que el Tribunal Electoral del Estado de Puebla utilizó argumentos inciertos, subjetivos e ilegales para darle la victoria al tricolor
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Por usar argumentos “ilegales” y por una actuación parcial de parte de los magistrados del TEEP, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia con la que el PRI obtuvo el triunfo en la presidencia municipal de San Salvador El Seco.

La determinación se aprobó este jueves por parte de los integrantes de la Sala Regional Ciudad de México, al atender el juicio que Morena presentó en contra de la sentencia con la que el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) anuló el 19 de julio su triunfo y ordenó al Instituto Electoral del Estado (IEE) a entregar la constancia de mayoría a la planilla registrada por el PRI.

En su momento, los magistrados locales afirmaron que hubo errores en la captura de los resultados y que fue incorrecta la realización del cómputo supletorio por parte del IEE, por lo que el triunfo en los comicios municipales correspondía al PRI y no a Morena.

En el análisis hecho por el magistrado Héctor Romero Bolaños al juicio SCN-JRC-97/2018, se advierte que los integrantes del tribunal local no solicitaron a los representantes partidistas copias de las actas y con los datos que surgieron del cómputo supletorio hecho por el IEE, decidieron que la planilla ganadora de la elección fue la inscrita por el Revolucionario Institucional.

“El Tribunal responsable soportó su determinación en argumentos inciertos, subjetivos e ilegales, además de conducirse con incongruencia y parcialidad, pues no reparó en que por una parte se dejaron de computar los resultados de dos casillas y por otra en ningún momento requirió a las representaciones de los partidos políticos para que aportaran las copias de las actas que les habían sido entregadas en las casillas con la finalidad de reconstruir el cómputo municipal en forma completa”.

“El Tribunal local no motivó adecuadamente la revocación del cómputo municipal pues tomó como cierto los nuevos datos que proporcionó el Consejo General del Instituto Electoral y con base en ellos efectuó la recomposición del mismo sin allegarse de mayores elementos de convicción que permitieran dictar su fallo con un cómputo íntegro de las casillas instaladas verificando si efectivamente se trataba de errores asentados en las actas de escrutinio y cómputo o bien de posibles imprecisiones en que hubiere incurrido el señalado Consejo”, se señaló en la ponencia del magistrado Romero Bolaños.

Además de revocar la sentencia del juicio TEEP-I -003/2018, la Sala Regional Ciudad de México ordenó a los magistrados a emitir una nueva resolución en un “breve término”, para lo cual tendrán que solicitar a las representaciones partidistas las copias de las actas para efectuar el cómputo municipal.

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