• Política

En TEPJF impugna PAN decisiones que exculparon a Barbosa Huerta

  • Efraín Núñez
Los recursos ingresaron a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
.

El Partido Acción Nacional (PAN) presentó tres impugnaciones en contra de decisiones del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) en las que no se halló a Luis Miguel Barbosa Huerta, candidato de Morena a la gubernatura, responsable de actos anticipados de campaña, de utilización de símbolos religiosos en su propaganda y de violaciones al interés superior de la niñez

La representación de Acción Nacional presentó la impugnaciones correspondientes ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación(TEPJF), donde se resolverán bajo las ponencias de los magistrados Felipe de la Mata Pizaña Indalfer González Infante.

[relativa1]

El TEEP no encontró responsable a Barbosa 

A través del recurso SUP-JRC-153/2018 el PAN impugna la sentencia del expediente TEEP-AE-027/2018 en la que los magistrados locales determinaron la inexistencia de actos anticipados de campaña y concluyeron que no hubo una incorrecta utilización de símbolos religiosos, por parte de Luis Miguel Barbosa.

El Tribunal determinó que no existe un mensaje explícito e inequívoco respecto a la finalidad electoral, además de que la imagen de la catedral de Puebla no tiene un fin electoral.

[relativa2]

Supuesta violación del interés general de la niñez 

Con el recurso SUP-JRC-154/2018 el PAN impugna la sentencia del expediente TEEP-AE-021/2018 en la que el Tribunal de Puebla declaró la inexistencia de actos anticipados de campaña de violación al interés superior del menor en propaganda publicada por Luis Miguel Barbosa en sus rede sociales.

En este caso los magistrados locales también determinaron que no hubo una incorrecta utilización de la imagen de niños en la misma

No hubo actos anticipados por spot

Asimismo, con el recurso SUP-JRC-155/2018 Acción Nacional se inconforma con la determinación de los magistrados localesen la sentencia del expediente TEEP-AE-020/2018 en la que determinaron la inexistencia de actos anticipados de campaña por un spot de Andrés Manuel López Obrador, candidato presidencial de Morena, en el que aparece Luis Miguel Barbosa. 

Los magistrados subrayaron que las transmisiones señaladas no constituyen actos anticipados de campaña, ya que fueron transmitidos en el periodo correcto. 

Tags: 

Comentarios de Facebook: