• Economía

Demandan incluir a la capital y otros municipios en exención de impuestos

  • Ana Fernández
Puebla, San Andrés Cholula, San Martín Texmelucan, Cuautlancingo y San Miguel Xoxotla no fueron incluidos en decreto; contadores solicitan sean incoporados
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El Colegio de Contadores Públicos del estado de Puebla enviará un oficio al gobierno federal para que Puebla, San Andrés Cholula, San Martín Texmelucan, Cuautlancingo y San Miguel Xoxotla sean incluidos en el decreto por el que se  exime a los contribuyentes de realizar el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) en apoyo por los daños que provocaron los últimos sismos.

Salvador Méndez, vicepresidente del colegio indicó que dichos municipios no figuran en el listado publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), en el que se refiere que a los establecimientos situados en zonas afectadas se les exime de su obligación de realizar el pago del ISR de los periodos de agosto a diciembre de 2017, para que hagan frente a sus compromisos económicos.

"Conviene ver que todos los comercios de la ciudad de Puebla y su cadena de suministros se verían beneficiados puesto que ellos mantienen sus gastos fijos aunque sus ventas han disminuido", argumentó el experto, en conferencia de medios.

Informó que en breve se hará la solicitud a la Presidencia de la República para que dichas demarcaciones de Puebla accedan a estas beneficios en favor de los contribuyentes afectados, quienes no  han detenido el pago de sueldos a su personal o de las rentas de los inmuebles que ocupan; además de aquellos que tienen que hacer adecuaciones por los daños sufridos.

"Proponemos que para evitar un daño a su economía, se incluyan estos municipios dentro del decreto. Esperamos una respuesta pronta porque el 17 de octubre haríamos el pago provisional correspondiente a septiembre, flujo que sería negativo para quienes fueron afectados por los sismos", recalcó.

Cabe señalar que otras consideraciones por parte del gobierno federal radican en permitir el pago en parcialidades del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS) correspondientes a los últimos cinco meses del ejercicio fiscal en curso.

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