• Política

Dar recursos de partidos políticos al Fonden, propone diputada PRD

  • María Pineda
Plantea Socorro Queazada modificar dos artículos de la Carta Magna; en caso de desastres naturales los partidos políticos no percibirían prerrogativas
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Dirigir el financiamiento público de los partidos políticos al Fondo de Desastres Naturales  (Fonden) y eliminar la restricción constitucional que limita hacer reformas electorales  90 días antes del arranque del proceso, es la propuesta con la que Socorro Quezada Tiempo busca que el presupuesto para los comicios de 2018 se destine a la reconstrucción de  los municipios damnificados por el sismo de 7.1 grados Richter.

La propuesta que se presentó este día ante la Comisión Permanente del Congreso del Estado se envió a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales para su análisis y aprobación.

En el proyecto, Quezada Tiempo, representante del  PRD en la LIX Legislatura, expone que existe  una molestia en la sociedad por la asignación  de 6 mil 702 millones de pesos que el Instituto Nacional Electoral (INE) hizo para los partidos políticos para la elección de 2018.

En el caso de Puebla, el proyecto de presupuesto considerado por el Instituto Electoral del Estado llega a  350 millones de pesos sólo para los partidos políticos, mientras que para la organización de jornada comicial se estableció en 495 millones de pesos, lo que da un total de 845 millones de pesos que se solicitarán a la Secretaría de Finanzas y Administración (SFA).

Para Quezada Tiempo, ante la emergencia que se da tras los daños del sismo  del pasado martes 19 de septiembre, es necesario adecuar la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos  y eliminar el plazo de 90 días previos al arranque proceso, para así hacer modificaciones al código electoral.

Los artículos que la perredista propone reformar  y adicionar son el inciso a  fracción II del 41 y el párrafo segundo del numeral 105, ambos de la Carta Magna.

En el caso de la fracción II del artículo 41, la propuesta de la legisladora adiciona el siguiente párrafo: “En caso de existir desastres naturales los partidos políticos dejarán de percibir el total de los presupuestos asignados, la Cámara de Diputados  realizará en el presupuesto de egresos las asignaciones al Fonden”.

La modificación para el inciso A del mismo numeral prevé que en la fórmula que se usa para calcular el financiamiento público se considere  el resultado de la votación emitida y no el número de ciudadanos inscritos en el padrón  electoral.

El financiamiento público para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes se fijará anualmente, multiplicando el número total de votación valida emitida por el sesenta y cinco por ciento del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización”, refiere la iniciativa de la perredista,

En lo referente a la restricción constitucional de 90 días previos para hacer reformas electorales, Quezada Tiempo propone reformar el párrafo segundo del artículo 105 para quedar de la siguiente manera: “Las leyes electorales federal y locales deberán promulgarse y publicarse antes de que inicie el proceso electoral en que vayan a aplicarse”.

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