• Sociedad

SFA buscaba zafarse de obligación de informar pero ITAIP lo impide

  • Kara Castillo
Los comisionados consideraron que Finanzas tiene la obligación de cumplir con la información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos que ofrece, de acuerdo con la Ley de Transparencia estatal
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El Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública (ITAIP) se negó a la petición de la Secretaría de Finanzas y Administración (SFA) para que la obligación de informar sobre los subsidios de programas de transferencia, servicios e infraestructura social, le fuera retirada,  argumentando que “no le era aplicable”.

Ayer, el pleno del ITAIP aprobó por unanimidad desechar una de las peticiones que hizo la SFA en el oficio SFA-CGJ-(4)-1555/17 pidiendo fuera excusada de las fracciones XV y XLVI del artículo 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública  del Estado de Puebla.

Los comisionados consideraron que la SFA tiene la obligación de cumplir con la Fracción XV que exige transparentar “la información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos que ofrecen en los que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, especificando el área; la denominación del programa; la vigencia; la población beneficiada estimada; el eonto aprobado, modificado y ejercido”.

Y debe informar de “los calendarios de su programación presupuestal; los  mecanismos de exigibilidad y de evaluación, informes de evaluación y seguimiento de recomendaciones, además de revelar el padrón de beneficiarios que deberá especificar el nombre de la persona física o denominación social de las personas morales beneficiarias, el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado para cada una de ellas, unidad territorial, en su caso, edad y sexo”

El ITAIP explicó en su negativa a excusar a la SFA  y “brincarse” esta obligación pues el artículo 8 Fracción XIV de su Reglamento Interior sí cuenta con la facultad relativa de la fracción que solicitaba le fuera retirada.

El pleno concedió quitar de la tabla de aplicabilidad la fracción XLVI del artículo 77 que mandata sean transparentadas las actas de sesiones ordinarias y extraordinarias, así como las opiniones y recomendaciones que emitan, en su caso, los consejos consultivos, pues esta petición sí está justificada.

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