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Desecha TEEP quejas del PRI por propaganda contra candidata

  • Jesús Viñas
Tribunal considera que no se denostó a Alcalá al llamarla tlaxcalteca pues no es una ofensa
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Por unanimidad, los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) declararon inexistentes las quejas presentadas por el PRI en contra del partido Compromiso por Puebla (CCP), por el pintado de bardas en donde se utilizó un eslogan contra la candidata Blanca Alcalá, "¿una tlaxcalteca para los poblanos?"

Durante la Sesión Pública de este miércoles, los magistrados consideraron que las quejas con número TEEP-AE-055/2016 y TEEP-AE-084/2016 no acreditaban el carácter denostativo de la propaganda electoral en contra de Alcalá Ruiz.

Además, se hizo un nuevo llamado al Instituto Electoral del Estado (IEE) a apresurar la aceptación o rechazo de dictámenes sobre los casos que le remiten los partidos políticos.

“En relación a la inmediatez de la prueba (lo previsto legalmente) es que se cumpla de manera inmediata, para efectos de poder verificar en su momento la falta que se pone a consideración. Cuando se entregan (las pruebas) en un plazo de ocho días (después) ya no se encuentra la propaganda, entonces por eso se debería de cumplir dentro del plazo”, dijo el magistrado Jorge Sánchez Morales respecto a desechar las quejas.

El Partido Revolucionario Institucional presentó una queja contra Compromiso por Puebla por la colocación de propaganda electoral en donde se aludía a Blanca Alcalá  con la expresión "¿una tlaxcalteca para los poblanos?"

Algunas de las bardas pintadas se encuentran en la Calzada Ignacio Zaragoza y en otras colonias de la ciudad de Puebla.

No había difamación contra la candidata

En entrevista posterior a la sesión, el magistrado Jorge Sánchez Morales indicó que en ningún momento hubo alguna difamación contra la senadora con licencia, pues dijo que la palabra "tlaxcalteca" es considerada un gentilicio.

Reiteró que no había alguna agresión contra la candidata, y estaba – la propaganda-  dentro de lo que permite la ley.

Además, señaló que la propaganda puede continuar en las bardas donde fueron colocadas.

"Consideramos que no era una situación que violentara la normatividad; no había alguna difamación contra la candidata. Las pintas pueden seguir en el lugar en que se encuentran", indicó.

No se puede regular contenido de videos en redes sociales

Por otro lado, los magistrados del TEEP, acordaron por unanimidad, declarar inexistentes las quejas que el Partido Acción Nacional (PAN) presentó contra Blanca Alcalá Ruiz por presuntamente denostar al candidato Antonio Gali Fayad, en un video en el que  ella se pone guantes y reta al ex edil capitalino.

La resolución tomada por el TEEP tuvo como referencia que el contenido de los videos subidos a las redes sociales, como YouTube, no se puede regular. 

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