• Medio Ambiente

Cuenca del Necaxa no tiene programa de área protegida: CNDH

  • Kara Castillo
La omisión ha propiciado cambios de uso y erosión de los suelos
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La Cuenca Hidrológica del Río Necaxa es una de las 80 áreas protegidas del país que cuenta con la presencia de población indígena que no disponen de un programa de manejo, lo que es una grave violación de los derechos humanos a la seguridad jurídica, al medio ambiente sano y a la participación efectiva, uso y goce de su propiedad colectiva.

Así lo reconoció la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en la primerarecomendación general sobre un tema ambiental 26/2016,  que destaca la omisión de formular, publicar y actualizar los Programas de Manejo de las áreas protegidas del país.

El documento se hizo del conocimiento de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat)  y del Comisionado Nacional de Áreas Naturales Protegidas detallando que la falta del Programa de Manejo ha propiciado cambios de uso de suelo, la expansión de la ganadería extensiva, la erosión de suelos, el desarrollo urbano, la extracción ilegal de especies y la contaminación de las aguas y suelos de las Áreas Nacionales Protegidas.

En la recomendación se detalla que actualmente se cuenta con 177 Áreas Nacionales Protegidas decretadas de carácter federal, de las cuales 57.6% (102) cuentan con Programas de Manejo formulado y publicado, mientras que el 11.3% (20) dispone de su programa elaborado mas no publicado, y el 31.1% (55) no cuenta con el respectivo instrumento, lo cual contraviene lo dispuesto por el artículo 65 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, que establece la obligación de formularlos dentro del plazo de un año contado a partir de la publicación de la declaratoria respectiva en el Diario Oficial de la Federación.

Hasta la fecha, esta ausencia en su reglamentación ha traído como consecuencia que un importante número de las áreas hayan perdido los objetivos de conservación que dieron origen a su declaratoria.

La Recomendación General insta a los titulares de la SEMARNAT y la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP), a que realicen los estudios y análisis para la re-categorización de las áreas protegidas que hayan perdido su vocación natural y que no cumplan con las características que les dieron origen, y se tomen las medidas para evitar que esto suceda.

Se identifiquen y supriman los obstáculos administrativos que históricamente han impedido la formulación de los Programas de Manejo y que durante el procedimiento de formulación, revisión y aprobación de dichos programas se tengan en cuenta las circunstancias y los sistemas de conocimientos tradicionales y locales.

Además se llama a garantizar que las personas interesadas sean informadas con la antelación debida, respecto de la elaboración de los Programas de Manejo a fin de que puedanparticipar en el proceso de consulta; y que en el caso de que éstos sean susceptibles de afectar los intereses y derechos de los pueblos y comunidades indígenas, se efectúe laconsulta libre, previa, informada, culturalmente adecuada y de buena fe a los interesados.

La CNDH recomienda que una vez publicados los Programas de Manejo, se desarrollen acciones para facilitar la integración y la activa participación de los pueblos y comunidades indígenas y de las comunidades asimiladas a aquellos, así como garantizar su libre determinación, a través de la administración eficaz de las áreas conservadas por ellos.

El texto de la Recomendación General 26 puede consultarse en la página www.cndh.org.mx

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