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Estados abren candados con reforma a leyes de transparencia

  • Patricia Méndez
De las nueve entidades que han homologado sus leyes con la federal, sólo las de Tabasco, Querétaro y Oaxaca están impugnadas
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Sistemas de información pública para municipios, parlamento abierto, solicitudes de información con seudónimo o sin nombre, informes de gastos en viáticos y nóminas de servidores públicos, son parte de los aspectos que nueve entidades del país incluyeron en las homologaciones de sus leyes de transparencia con la legislación a nivel federal.

A 11 días de que venza el plazo otorgado a los estados de la república para armonizar sus leyes, sólo nueve entidades han cumplido con la obligación: Baja California, Coahuila, Chihuahua, Jalisco, Morelos, Querétaro, Sonora, Oaxaca y Tabasco.

Sin embargo, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), ya promovióacciones de inconstitucionalidad en los casos de Tabasco, Querétaro y Oaxaca, porque “violentaron” la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública a nivel federal.

Este lunes, el capítulo en Puebla de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi), previó que los cambios que apliquen los diputados a la normativa estatal también serán susceptibles de amparos y acciones de inconstitucionalidad por los candados que se impongan.

Además organizaciones como Puebla Vigila, México Infórmate y Coparmex, acusaron a los legisladores locales de actuar con “opacidad pasmosa” y “simulación” en el tema, pues no han querido abrir la discusión del mismo a la sociedad civil.

Señalaron que los diputados se han reusado a aplicar en el nuevo documento propuestas ciudadanas, pues buscan conservar las ambigüedades en materia de acceso a la información pública que contiene la ley actual.

Coahuila aprueba “gobierno digital”

La aprobación de la nueva Ley de Transparencia en Coahuila, el pasado 13 de agosto, contempló la implementación de un “gobierno digital”, que contempla la publicación de las actas constitutivas de los proveedores de la administración estatal y de los 38 ayuntamientos de esa entidad.

Mientras que los partidos políticos también asumieron esa obligación con la presentación de los comprobantes fiscales correspondientes.

De manera general, la armonización con la normativa homologó con la ley federal criterios, principios y bases en materia de derecho a la información, protección de datos personales y archivos.

Dan luz verde a solicitudes sin nombre en Jalisco

En diciembre de 2015, el Congreso de Jalisco aprobó la armonización de su Ley de Transparencia con la federal, la cual prevé la gratuidad de hasta 20 copias en solicitudes de información pública y que estas se puedan tramitar mediante seudónimos o incluso sin poner el nombre de los solicitantes.

Además se incorpora la obligación de publicar los gastos de representación, se incrementó la cantidad de los sujetos obligados a rendir cuentas, entre ellos a los sindicatos y cualquier persona que realice un acto de autoridad.  

También se redujo el tiempo en el que la información puede quedar clasificada como reservada y se aumentaron las condicionantes para establecer ese criterio, entre ellas levantar un acta sobre cada documento que se reserve.

La ley también prevé nuevas atribuciones para el Instituto de Transparencia e Información Pública de Jalisco (ITEI), al poder sancionar con mayor determinación a los sujetos obligados que no cumplan con su función de informar, con montos de 17 mil hasta 105 mil pesos.

Morelos impide a funcionarios ampararse

Mientras tanto, en la actualización de la Ley de Transparencia de Morelos, publicada en marzo pasado, se impide a los funcionarios públicos ampararse ante una solicitud de información por parte de los ciudadanos y contempla la publicación de sueldos, prestaciones, viáticos y en general gastos del erario.

Sonora aprueba ley “ciudadana”

La Ley de Transparencia de Sonora, aprobada en diciembre pasado, contó con la participación de la ciudadanía, pues fue la agrupación “Sonora ciudadana” la encargada de elaborar el nuevo documento y, entre las innovaciones de la normativa destacan que esta obliga a ser fiscalizable a toda organización pública o privada que reciba recursos públicos, por ejemplo partidos políticos, asociaciones civiles, universidades, sindicatos o cualquier empresa.

INAI impugna leyes de Querétaro, Tabasco y Oaxaca

Debido a que las nuevas leyes de transparencia de Querétaro, Tabasco y Oaxaca violentaron los principios de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública a nivel federal, el INAI ejerció su facultad de emprender acciones de inconstitucionalidad en su contra.

En Querétaro, el Instituto señaló que la reforma aprobada en diciembre de 2015 incurrió en “omisiones legislativas”, pues se ampliaron las causales de reserva que limitan el acceso a la información pública.

“El Instituto considera que hubo omisiones legislativas parciales y se establecieron supuestos, modalidades y restricciones que no se encuentran consignadas expresamente en el artículo 6º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos ni tampoco en la ley general de la materia…”, cita un comunicado emitido por el INAI.

Sobre Ley de Tabasco, publicada el 13 de noviembre de 2015, el organismo cuestionó la aplicación del concepto de “seguridad estatal” que podían aplicar los comités de transparencia de los sujetos obligados, además de la limitación de las obligaciones del Poder Judicial estatal.

“Este recurso pretende copiar la criticada facultad del Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal para interponer el recurso de revisión en materia de seguridad nacional, misma que es exclusiva del ámbito federal, y por lo tanto no existe sustento legal para ser replicada en el ámbito estatal”, cita el acuerdo del INAI.

El Instituto insistió en que el concepto de “seguridad estatal” es ambiguo e inexistente, por lo que este no es una causal de reserva prevista en la Constitución o en la Ley General de Transparencia para limitar el derecho de acceso a la información. “Es un término vago que permite que el poder ejecutivo estatal pueda combatir las resoluciones del órgano garante bajo una excepción amplia y ambigua”, cita el resolutivo del organismo.

Respecto a la Ley de Oaxaca, el INAI cuestionó que el Congreso local amplió de 10 a 40 días la prórroga con la que cuentan los órganos garantes de acceso a la información pública, cuando los sujetos obligados no pueden dar la información que les solicitan.

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