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La Corte niega que haya autorizado a circular a todos los vehículos

Permitió que los hologramas fueran entregados conforme al nivel de emisiones que emite un vehículo y no derivado de su antigüedad
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La Corte rechazó que su resolución de otorgar hologramas conforme al nivel de emisiones que emite un vehículo y no derivado de su antigüedad, haya incidido en la emergencia ambiental que vive por cuarto día consecutivo la Ciudad de México.

Subrayó que la sentencia que dictó en julio de 2015 no fue para permitir la circulación ilimitada de vehículos, sino que sólo protegió el principio de igualdad que rige el Estado de Derecho.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación reitera que la decisión adoptada en materia de verificación vehicular,desde julio del año pasado, no tuvo como finalidad ni alcance, permitir indiscriminadamente la circulación de vehículos automotores en el Valle de México. La resolución de este Alto Tribunal se dictó en protección del principio de igualdad, como valor primordial en todo Estado de Derecho”, dijo.

Según la Corte, su resolución sólo facultó a los jueces de distrito para otorgar amparos en contra de las normas de verificación vigentes.

“(Para que los automovilistas quejosos) obtuvieran un holograma que les permitiera circular todos los días, al igual que aquellos que sí están autorizados a recibirlo”, dijo.

Aseguró que los fallos de amparo sólo tienen efectos para el interesado y que la resolución no beneficia a toda la población.

En concreto, dicha suspensión sólo tendría el efecto de que, previo el pago de los derechos correspondientes, el solicitante acudiera a verificar su vehículo y obtener el holograma que objetivamente le correspondiera, atendiendo al nivel de contaminantes que emite su automóvil, de acuerdo con los niveles que establece el propio Programa, sin importar el año de fabricación del vehículo”, dijo.

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