• Política

Aplaza TEEP aprobación de juicios de Ricardo Jiménez

  • María Pineda
Los magistrados también desecharon las quejas contra Dinorah López de Gali y José Juan Espinosa
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El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) retiró del análisis el juicio que Ricardo Jiménez Hernández, aspirante a candidato independiente a la gubernatura, interpuso para que el Instituto Electoral del Estado (IEE) no le exija cumplir con el criterio de territorialidad, lo cual implica que las firmas de apoyo a su candidatura deben estar repartidas en 144 de los 217 municipios.

El magistrado Jorge Sánchez Morales explicó que la determinación se debe a que el exfuncionario municipal presentó otro recurso, debido a que el IEE le negó la solicitud para no presentar el disco compacto con la captura digital de sus formatos de apoyo.

El magistrado precisó que la intención es que el pleno del TEEP resuelva los dos recursos que Jiménez Hernández presentó, los cuales afectan el proceso de verificación de apoyo ciudadano y su posible registro como candidato independiente a la gubernatura.

Al igual que Ana Teresa Aranda OrozcoJiménez Hernández pretende que el IEE no le solicite que las firmas de apoyo ciudadano que recabó tengan que estar distribuidas en las dos terceras partes de los 217 municipios de la entidad.

Desechan queja contra Dinorah Gali y José Juan Espinosa

Por unanimidad, el pleno del TEEP desechó el recurso que se presentó en contra de la respuesta que la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias del IEE dio por la promoción del informe de la presidenta del Sistema Municipal DIF, Dinorah López de Gali, esposa de Antonio Gali Fayad, candidato del PAN a la gubernatura.

Sánchez Morales explicó que en la sesión del domingo pasado, el TEEP ordenó al IEE reponer el procedimiento en el que Armando Etcheverry Beltrán y Bernardo Benavides Ilizarraturi solicitaron consultar a los consejeros si la promoción de López de Gali se consideraría como un acto anticipado de campaña de Gali Fayad.

Al cumplir con la orden del órgano jurisdiccional, la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias determinó desechar la petición de los ciudadanos que son miembros de la organización Opción Ciudadana, situación por la que el caso se quedó sin materia de estudio.

La segunda queja que los magistrados desecharon fue por la promoción que José Juan Espinosa Torres realizó con motivo de su segundo informe de labores.

La queja la promovió Rodolfo Herrera Charolet, quien en su argumento contra el presidente municipal de San Pedro Cholula, mencionó que la difusión de las acciones de gobierno se dio fuera del plazo de 12 días permitido por la ley.

En el análisis, los integrantes del TEEP señalaron que el munícipe cumplió con los tiempos establecidos, por lo que la denuncia no tenía efecto.

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