• Política

Aprueban reformas a favor de las mujeres sin abordar feminicidios

  • María Pineda
Se establece que la edad mínima para contraer matrimonio es de 18 años
.

A la par que se produjo el feminicidio 19 de este año, el Congreso del Estado aprobó un paquete de reformas para eliminar las normas legales que ponen en desventaja a las mujeres frente a los hombres, pero que ninguna implica medidas de prevención o de combate en contra la violencia de género.

Los proyectos impulsados por el gobernador Rafael Moreno Valle y los coordinadores legislativos se validaron este martes en el marco del Día Internacional de la Mujer.

Al validarse las modificaciones  se establece que la edad mínima para contraer matrimonio es de 18 años, se elimina el requisito que obligaba a las mujeres a esperar 300 días posteriores a un divorcio para contraer nuevamente nupcias y desapareció la figura de la mediación.

El Código Civil, la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, el Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social, el Código de Procedimientos Penales, la Ley de Medios Alternativos en Materia Penal y la Ley para el Acceso de las Mujeres de una Vida Libre de Violencia fueron los marcos legales reformados.

Las reformas hechas a cuatro leyes y dos códigos forman parte de la campaña con la que la administración de Rafael Moreno Valle hace frente a la ola de feminicidios, la cual en lo que va del 2016 suma 19 casos, el último acontecido en la junta auxiliar San Matías Cocoyotla, de San Pedro Cholula, lugar en el que Mercedes C. de 38 años recibió dos impactos de bala.

La estrategia la había anunciado Diódoro Carrasco Altamirano, secretario General de Gobierno (SGG).

El exgobernador de Oaxaca y ahora funcionario estatal dijo que la estrategia para erradicar los feminicidios contemplaría reformas a diversas leyes, una campaña de spots de radio y televisión contra la violencia, y la implementación de un chat para emitir alertas en caso de estar en situación de peligro.

La Fiscalía General del Estado (FGE) sólo reconoce 50 feminicidios sucedidos en 2015 y los primeros dos meses de 2016.

Víctor Carrancá Bourget, fiscal del estado, defendió que el número de casos reportado por  el organismo es menor a los documentados por diversas organizaciones sociales, debido a que el artículo 338 del Código Penal establece las características para que el asesinato se considere un feminicidio, y no todos los casos encuadran en este delito.

Medidas paliativas

Las reformas plantean la derogación de los artículos 310 y 311 del Código Civil, en los cuales se estableció que las mujeres deberían esperar 300 días después de su divorcio para volver a casarse.

Otra modificación al mismo marco legal se da en el numeral 300, el cual hará obligatorio que la edad mínima para contraer matrimonio sean los 18 años de edad.

De la eliminación de la figura de mediación en conflictos legales, los involucrados no podrán recurrir a ella si existen antecedentes de violencia contra una mujer o niña, disposición que se puntualizará en el artículo 395 del Código de Procedimientos en Materia  de Defensa Social, en el numeral 165 del Código de Procedimientos Penales fracción II párrafo cuarto.

Además del apartado 6 de Ley de Medios Alternativos en Materia Penal y el artículo 12 fracciones IV, V y VI de la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

..

Tags: 

Comentarios de Facebook: