• Política

Admite TEPJF juicio de Ana Tere por omitirse su renuncia al PAN

  • María Pineda
El magistrado Constancio Carrasco Daza, presidente de la Sala Superior, quedó a cargo
.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) admitió a análisis el juicio que Ana Teresa Aranda Orozco presentócontra la omisión del Comité Directivo Estatal (CDE) y el presidente nacional del PAN para formalizar su renuncia como militante.

Actualmente ella aún figura dentro del Registro Nacional de Miembros como integrante activa de ese instituto político, según se aprecia en los estrados electrónicos, lo que le impediría registrarse como candidata independiente a la gubernatura de Puebla.

Fue el lunes pasado cuando la exsecretaria de Desarrollo Social presentó el recurso ante la Sala Superior de TEPJF, a fin de que la dirigencia estatal de Acción Nacional dé cuenta sobre la falta de información de su desistimiento para continuar como afiliada a ese partido.

El juicio para la protección de los derechos político electorales se identifica con la clave SUP-JDC-32/2016 y está a cargo del magistrado Constancio Carrasco Daza, presidente de la Sala Superior del TEPJF.

El procedimiento es en contra de la “omisión del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional en Puebla y del Presidente Nacional de dicho instituto político, de realizar e informar del trámite de baja de la ahora actora del padrón de militantes, quien presentó renuncia a dicho partido el 20 de abril de la pasada anualidad”.

Fue en octubre pasado cuando Aranda Orozco reveló que desde abril de 2015 presentó su renuncia ante el Comité Directivo Estatal Partido Acción Nacional (PAN), el cual en ese momento tenía como presidente  a Rafael Micalco Méndez.

Lleva ya dos impugnaciones

Dicho procedimiento se suma a la impugnación que Aranda Orozco hizo en contra de la convocatoria que contiene los lineamientos para obtener una candidatura independiente, que aprobó el Consejo General del Instituto Electoral del Estado (IEE).

En ese juicio, la expanista advierte que los lineamientos son restrictivos y contravienen a la Constitución federal y local, al imponer como uno de los requisitos para ser candidato independiente el haber renunciado a ser militante de un partido político un año antes de la elección.

El 22 de agosto, el Congreso del Estado aprobó la reforma al Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla (Coipeep), en la cual establecieron, en la fracción I del artículo 201, que no podrán ser candidatos independientes  quienes “sean o hayan sido, presidente del Comité Ejecutivo Nacional, Estatal,  Municipal, dirigente, militante, afiliado o su equivalente, de un partido político en los doce meses anteriores al día de la elección del proceso electivo en el que pretendan postularse”.

En su defensa, Aranda Orozco, quien aspira a ser candidata independiente a la gubernatura, advierte que la restricción se contrapone a los artículos 35 fracción II de la Constitución Política de los Estados unidos Mexicanos y el 74 de la Constitución  Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, los cuales no prevén que para ser candidato el ciudadano deba renunciar a su  afiliación partidista.

Tags: 

Comentarios de Facebook: