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Avala Congreso nuevos parches a candidaturas independientes

Sólo hubo un voto en contra de la diputada perredista Socorro Quezada y las 9 bancadas avalaron la nueva reforma electoral
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Con sólo un voto en contra de la diputada perredista Socorro Quezada Tiempo, el Congreso de Puebla aprobó este sábado en sesión extraordinaria la reforma al Código Electoral de Puebla que deja en 30 días el plazo para la recolección de firmas para una candidatura independiente.

En una asamblea exprés se aprobó además el acta de la misma sesión, que sólo fue convocada para cumplir la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quien invalidó 7 artículos de la normatividad electoral que los diputados avalaron el 22 de agosto pasado.

El proyecto contó con el respaldo de las nuevas fracciones legislativas, incluidas el PRI y Movimiento Ciudadano (MC).

Cabe recordar que Acción Nacional se había mostrado en contra de ampliar el plazo para reunir las firmas de respaldo a los independientes y dejarlo en 20 días, sin embargo el viernes finalmente se amplió a 30 días.

Recuerda Quezada coscorrón de la SCJN

La diputada y dirigente estatal del PRD, Socorro Quezada, lamentó que ya iniciado el proceso electoral en Puebla se corrijan los errores del Código Electoral de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla, que el mismo poder Legislativo aprobó el año pasado y por ello votó en contra.

“Y mi voto fue en contra de las modificaciones al Código Electoral del Estado de Puebla, debido a que tuvimos la oportunidad de hacer bien las cosas desde el principio y decidimos esperar a que la Suprema Corte nos corrigiera la plana. Y sobre todo porque el daño ya está hecho”, agregó.

Los cambios ordenados por la Corte

Con la nueva reforma, se dejará un periodo de 30 días para que los aspirantes a candidatos independientes recaben sus firmas de apoyo ciudadano –ya que anteriormente eran 20 días-, aunque sólo tendrán un plazo de 24 horas para que subsanen ante la autoridad electoral las irregularidades que se detecten.

Además, previo al registro de candidatos, los órganos internos de los partidos políticos contarán con 10 días para resolver los conflictos que se den durante el periodo de precampaña, aspecto que se establecerá en el artículo 200 Bis, Apartado B, fracción II, párrafos primero y segundo del Coipeep.

Se retira el requisito de la comparecencia personal de los ciudadanos que den su apoyo a los independientes, aspecto que los ministros advirtieron que era una “carga excesiva” y “transgredía” el derecho de los ciudadanos a ser votados.

Dicho aspecto se estableció en el artículo 201 Ter del Coipeep, por el cual se inconformaron los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Movimiento Ciudadano (MC) en las acciones de inconstitucionalidad que interpusieron en agosto  pasado.

Sobre el plazo para el periodo de precampaña, se permitirá que entre las actividades de promoción con los militantes de los partidos y el registro de los candidatos se den 10 días para que se resuelvan las controversias partidistas.

La invalidación del artículo 200 Bis, Apartado B, fracción II, párrafos primero y segundo y la fracción IV del Coipeep, se generó porque el periodo de precampaña se fijó 10 días antes de la inscripción de candidatos, situación que no permitiría la resolución de juicios intrapartidistas.

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