• Nación

Consejo General del INE resolverá si deja sin registro al PT y PH

La Junta General Ejecutiva carece de atribuciones para emitir la resolución referente a la pérdida de registro de un partido político
.

Será el Consejo General del Instituto Nacional Electoral y no la Junta General del INE el que deberá resolver si el Partido del Trabajo y el Partido Humanista perderán su registro por no haber conseguido el mínimo de votos para mantenerse como institutos políticos.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó las resoluciones emitidas por la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE), que resolvían la pérdida de registro de los dos partidos.

“Se revocan las resoluciones emitidas por la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral el 3 de septiembre del año en curso, para los efectos precisados en los respectivos fallos”, indicó las sentencia de la Sala Superior.

“La Junta General Ejecutiva carece de atribuciones para emitir la resolución referente a la pérdida de registro de un partido político, en tanto que únicamente le corresponde hacer la declaratoria sobre la actualización de los supuestos previstos en la normatividad aplicable y elaborar el proyecto de resolución que se deberá someter a consideración del Consejo General para que resuelva, en definitiva, si el partido político pierde o conserva su registro”, agrega la ponencia que fue leída en la sesión pública.

La Junta General Ejecutiva está integrada por el presidente del Consejo General, quien la preside, el secretario ejecutivo del Instituto Nacional Electoral y directores.

El Consejo General lo forman el consejero presidente, los 10 consejeros electorales y otros consejeros con voz, pero sin voto.

El magistrado Pedro Esteban Penagos López precisó que debido a la trascendencia de la resolución, emitirla le corresponde únicamente al Consejo General del INE, por ser el órgano superior de dirección, y no a la Junta Ejecutiva del mismo instituto.

“En los proyectos de la cuenta considero que le asiste la razón al partido actor [PT], porque conforme a una interpretación sistemática de la norma electoral y debido a la trascendencia que tiene la resolución, esto es, extinguirlo del sistema democrático con motivo de la pérdida de registro, corresponde, desde mi punto de vista y conforme a la interpretación del marco jurídico, al Consejo General del INE”, destacó el magistrado.

La magistrada María del Carmen Alanís se sumó a que el Consejo General del INE sea quien resuelva la cancelación de los registros del PT y PH.

“La Junta deberá presentar a consideración del Consejo General el proyecto de dictamen de pérdida de registro del partido político, que se encuentra en la Ley General de Partidos Políticos, a más tardar el último día del mes siguiente a aquél en que concluya el proceso electoral”, dijo.

Crédito de la foto www.redpolitica.mx
 

Tags: 

Comentarios de Facebook: