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Iniciativa pro Gali vulnera autonomía municipal, dice el PRI

  • María Pineda
La propuesta favorece a los candidatos de RMV, acusa diputado Giorgana
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Por ser una propuesta que busca favorecer a los candidatos del morenovallismo, la bancada del PRI no apoyará la reforma al artículo 52 de la Ley Orgánica Municipal, la cual permitiría a Antonio Gali Fayad separarse hasta por 90 días de la alcaldía de Puebla, advirtió el diputado Víctor Manuel Giorgana Jiménez.

En entrevista, el legislador indicó que en la bancada del tricolor hay consenso para no acompañar el proyecto que impulsan los diputados Jorge Aguilar Chedraui (PAN), Carlos Martínez Amador (PRD),  Susana Riestra Piña (Panal) y Marco Antonio Rodríguez Acosta (PSI).

Giorgana Jiménez sentenció que la intención de la iniciativa es acomodar las condiciones para el proceso electoral de 2016,  esto sin importar que se vulnere la autonomía municipal.

“Lo preocupante es que se estén haciendo modificaciones a nuestro marco jurídico, a modo, para ir acomodando las condiciones para un proceso electoral que favorezca a los candidatos del morenovallismo “.

Como secretario de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales,  Giorgana Jiménez expresó que la iniciativa todavía no se discute al interior del órgano legislativo, sin embargo, versiones al interior del Congreso revelaron que este sábado al reanudarse sesión del órgano legislativo se aprobará la propuesta.

Indicaron que el dictamen de la reforma a la  Ley Orgánica Municipal se integraría en el orden de día de la sesión extraordinaria, en la cual también se votará la reforma al Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla (Coipeep).

La reforma al artículo 52 del ordenamiento referido, aplicaría para los 217 ayuntamientos  y permitiría a Gali Fayad  pedir licencia para separarse de su cargo hasta por 90 días, sin  necesidad de llamar a su suplente. En caso de que su  ausencia sea mayor al plazo, el Congreso designará al sustituto del presidente municipal.

La iniciativa se presenta a seis meses de que inicie la campaña electoral para la minigubernatura, posición para que Gali Fayad es considerado el seguro candidato de una alianza entre los partidos impulsores de la reforma.

La modificación que se plantea al artículo 52 inciso de la Ley Orgánica Municipal plantea que: “el Presidente Municipal podrá pedir licencia hasta por noventa días. Las faltas temporales del Presidente Municipal serán cubiertas por su suplente. A falta del suplente o cuando por cualquier otra causa éste no se presentase, el Congreso del Estado designará a quien lo sustituya”.

En la fracción II  incisos b y c del mismo numeral se plantea que ante la falta absoluta del presidente municipal y su suplente el poder legislativo nombrará a su sustituto.

“b) La falta absoluta del Presidente Municipal será cubierta por su suplente con el carácter de Presidente Municipal Sustituto. En su caso, el Presidente Municipal podrá manifestar que su ausencia es una falta absoluta”

“c) En caso de falta absoluta del Presidente Municipal y de su suplente, el Congreso del Estado designará quienes los sustituyan. Si el suplente, por cualquier motivo no se presentase, el Congreso del Estado designará al Presidente Municipal Sustituto”.

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