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Contempla BUAP recisión de docentes por uso indebido de recursos

  • Jaime Zambrano
El nuevo RIPPA establece que un profesor será sancionado cuando cometa actos que impidan la labor de actividades propias de la institución
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Las modificaciones al Reglamento de Ingreso, Permanencia y Promoción del Personal Académico (RIPPA) de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla (BUAP) contemplan sanciones como la amonestación por escrito, el extrañamiento y hasta la recisión del docente que haga uso indebido del patrimonio universitario.

En el nuevo reglamento, se establecen sanciones que están fijadas dentro de las modificaciones que se realizan al Capítulo VII. El nuevo RIPPA establece que un docente podrá ser sancionado cuando cometa actos que impidan la labor de actividades propias de la institución o cuando sea responsable de la comisión de actos que impliquen una falta de respeto al que se deben entre sí los integrantes de la comunidad universitaria.

La propuesta de reforma es impulsada por el rector de la BUAP, Alfonso Esparza Ortiz, y, actualmente, es analizada en cada uno de los consejos de las unidades académicas para su estudio y en su caso aprobación.

En próximos días, el RIPPA regresará al Consejo Universitario donde se analizará y, en su caso, podrían concretarse los cambios a la legislación universitaria en la siguiente sesión ordinaria de los consejeros.

Evaluaciones pedagógicas y psicométricas para aspirantes

De acuerdo con el documento denominado Proyecto de Reglamento de Ingreso, Permanencia y Promoción del Personal Académico (RIPPA) que fue entregado a los consejeros universitarios, se incluyen las evaluaciones pedagógicas y psicométricas para los aspirantes a docentes, la aprobación de un curso de inducción, evaluaciones por pares, por cuerpos colegiados y por consejos por función.

El proyecto establecen dos nuevas categorías para la contratación de docentes: profesor investigador visitante y profesor por cátedra.

Con las modificaciones al reglamento, la BUAP crea un apartado para reconocer al personal académico que labora en modalidades no presenciales.

El esquema de reforma incorpora un apartado de desarrollo académico, en el cual la superación académica y el año sabático se vinculan a la consolidación de los programas y fortalecen el desarrollo académico de los docentes.

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