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TEPJF, obligado a resolver quejas en plazos breves: Galván Rivera

Aseguró que es necesario vigilar la existencia de conductas antijurídicas que alteren el resultado de la elección
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Durante el actual proceso electoral, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) está obligado a resolver los medios de impugnación en plazos breves como lo establece la ley, aseguró Flavio Galván Rivera, magistrado de la Sala Superior.

Al dictar la conferencia magistral “Procedimiento Especial Sancionador”, en la sede del Tribunal Electoral del Estado de Veracruz, el Magistrado explicó que en los procesos electorales, el tiempo es importante, por lo cual, a fin de dotar de certeza tanto a los procedimientos sancionadores como a las impugnaciones, se debe resolver de forma expedita.

“Se debe cuidar el tiempo, pues el transcurso de las horas y minutos es importante", ya que por ejemplo, los recursos de impugnación deben presentarse en un plazo de hasta 48 horas, explicó.

“No importa si es viernes, sábado o domingo, los minutos transcurren y los plazos se acortan momento a momento. No son dos o tres días, son 48 horas”, por lo cual para el máximo organismo jurisdiccional del país en materia electoral, todos los días y horas son hábiles, precisó el Magistrado.

Además, advirtió que en todo el proceso electoral, desde el desarrollo y desahogo, los jueces deben privilegiar la aplicación del derecho y no dejar ningún asunto sin resolver. “El acceso a la justicia es una realidad social”, indicó.

En su exposición, el Magistrado aseguró que es momento de avanzar en la supervisión exhaustiva de las acciones que llevan a cabo los actores que participan en el proceso electoral, así como en la imposición de sanciones; principalmente en el aspecto de la aplicación de medidas cautelares.

Galván Rivera dijo que desde su punto de vista, éstas medidas se deben pedir desde que se presenta la denuncia en contra del posible infractor y la autoridad debe proveer de inmediato sobre su otorgamiento o negativa.

“La autoridad tiene que resolver si otorga las medidas cautelares de manera inmediata, porque estábamos acostumbrados a decirle, investiga, luego ve si se admite o no la denuncia. Ahora hay que acostumbrarse a que el procedimiento especial sancionador es distinto. Es un procedimiento sumario no únicamente por la brevedad del plazo”, comentó.

En su participación con motivo de la V Jornada de Capacitación Electoral 2015 que realiza el Tribunal Electoral estatal, Galván Rivera explicó que la finalidad del procedimiento especial sancionador es determinar si existen conductas antijurídicas, si éstas son constitutivas de alguna infracción y resolver si afectan el desarrollo del proceso, o si incluso alteran el resultado de la elección.

Mencionó que este procedimiento especial sancionador tiene bondades en la vigilancia del proceso electoral, pero se debe tener cuidado en el desahogo, pues se podría afectar al partido o candidato, de manera irrevocable.

Con motivo de las jornadas de capacitación electoral, en la sede el Tribunal Electoral Estatal participaron Gregorio Valerio Gómez, Daniel Ruiz Morales y José Lorenzo Álvarez Montero, magistrados del Tribunal Electoral de Veracruz, con los temas de fiscalización de recursos de los partidos y candidatos, candidaturas independientes, así como reelección y reforma electoral.

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