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Niega gobierno estatal administrar el predial de los municipios

Sólo firmará convenios con los municipios que así lo decidan, para realizar el cobro de estos recursos
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El gobierno del estado de Puebla aseguró este jueves que no administrará los recursos del impuesto predial de los municipios, sino que sólo firmará convenios, con los municipios que así lo decidan, para realizar el cobro de estos recursos.

A través de un comunicado se indicó que la reforma al artículo 2o. de la Ley de Coordinación Fiscal federal para 2014 incluye una modificación a la fórmula de distribución del Fondo de Fomento Municipal (FFM) dándole un mayor peso al esfuerzo recaudatorio en materia del impuesto predial.

Debido a esta modificación, los municipios que de manera totalmente voluntaria firmen el convenio de colaboración con el gobierno del estado para la administración exclusiva en el cobro del impuesto predial, tienen la garantía de que los recursos les serán entregados en su totalidad, pues corresponden a la recaudación de una contribución municipal.

Esta reforma federal entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2015, y a la fecha, ningún municipio ha manifestado interés por firmar un convenio con la administración estatal.

En principio, los municipios tienen garantizado el mismo monto de recursos del Fondo de Fomento Municipal recibido en 2013 y los ingresos adicionales generados por una mayor recaudación federal participable que sirve de base para distribuir las participaciones de estados y municipios, se apegarán a la siguiente fórmula:

70% en función del incremento porcentual de la recaudación del impuesto predial respecto del año anterior y 30% en función de la firma de un convenio para que el Estado se encargue de la administración exclusiva en el cobro de este impuesto.

Es decir, los municipios recibirán a través del FFM los mismos recursos que en 2013, más el 100% de los ingresos adicionales de dicho fondo, si deciden coordinarse con el Estado para la recaudación del impuesto predial. De lo contrario sólo recibirían los mismos recursos de 2013 más el 70% de los recursos adicionales del Fondo.

Se estima que para 2015, los recursos adicionales ascenderán a 151 millones de pesos, de los cuales 106 millones corresponden al 70% de la primera parte de la fórmula, y se distribuirían por el esfuerzo que haga cada administración municipal para elevar la recaudación del impuesto predial sin ningún condicionamiento por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Otros 45 millones de pesos que corresponderían al 30% de la segunda parte de la fórmula, sólo podrían distribuirse entre los municipios que suscriban un convenio de administración exclusiva con el Estado para que éste sea quien cobre el impuesto y realice las acciones de cobro coactivo de los contribuyentes omisos.

Al elevar la recaudación de impuesto predial, el municipio incrementa sus recursos por recaudación corriente de este impuesto, recibe recursos por cobro coactivo de contribuyentes omisos que adeudan hasta 5 ejercicios fiscales de este impuesto, aumentaría su participación de recursos del Fondo de Fomento Municipal y recibiría más participaciones a través del Fondo General ya que éste se incrementa al recaudar más impuesto predial o derechos de agua.

El 18 de julio de 2014, la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (UCEF-SHCP), envió a las Secretarías de Finanzas de los estados un modelo de convenio para la administración del impuesto predial.

La Cláusula Primera del documento establece lo siguiente:

“El Estado y el Municipio convienen en coordinarse para que el primero asuma de manera exclusiva las funciones operativas de administración, respecto del impuesto predial de contribuyentes domiciliados dentro de la circunscripción territorial del Municipio.

Adicionalmente, la Cláusula Novena señala:

“A partir del inicio de la vigencia del presente convenio, el Municipio se abstendrá de ejercer cualquiera de las facultades que de manera exclusiva se delegan al Estado en virtud de este convenio”.

Por tanto, las autoridades de cada Municipio serán las únicas facultadas para decidir si se adhieren mediante un convenio para que el Estado administre el impuesto predial y sus recursos serán ministrados de manera íntegra a las tesorerías de los ayuntamientos una vez que se realicen las conciliaciones correspondientes.

En conclusión la disposición para distribuir el FFM es de carácter Federal y no tiene relación con modificaciones al marco jurídico del Estado o de los Municipios.

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