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Pide la SGG a municipios cambiar convocatoria en juntas auxiliares

Se abrirá un periodo extraordinario de 48 horas para el registro de aspirantes; los ya inscritos deberán ratificar su intención de participa
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La Secretaría General de Gobierno (SGG) en Puebla “recomendó” a los ayuntamientos que modifiquen la convocatoria para la elección de planillas en juntas auxiliares de acuerdo con la determinación del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para el caso de Puebla y Cuautlancingo.

Los integrantes del TEPJF resolvieron el viernes que ambas convocatorias violan la Constitución Federal, debido a que fueron expedidas con base en normas que no fueron promulgadas con 90 días de anticipación al inicio del proceso comicial, que se llevará a cabo a finales de abril.

La SGG argumentó a través de un comunicado que la recomendación la hace con el fin de que todos los contendientes a integrar estos órganos en el estado lo hagan en igualdad de condiciones.

La nueva convocatoria contempla que no aplicará el requisito de que los aspirantes deban ser propuestos por algún partido político o con el respaldo del tres por ciento de ciudadanos de la demarcación; el resto de los requisitos de las convocatorias expedidas deberán cumplirse en los términos establecidos; y se abrirá un periodo extraordinario de 48 horas contadas a partir de la publicación del acuerdo de Cabildo.

“Cabe precisar que el 11 de abril pasado, la autoridad judicial federal electoral resolvió respecto de los procesos de dos municipios, manifestando particularmente  que sin prejuzgar la constitucionalidad y la legalidad de la reforma aprobada por el Congreso del Estado, se considera que al no haberse agotado el término de noventa días previos a la elección dichas disposiciones no deben aplicarse para el proceso electivo en curso”.

“Por lo tanto y ante el activismo de algunos actores políticos que han abonado a la judicialización del proceso, lo que puede hacer atacables los resultados del mismo, hechos que no contribuyen ni a la gobernabilidad ni a la certeza que deben privilegiarse en favor de los ciudadanos, se recomienda que en los casos aplicables los ayuntamientos expidan esta Adenda a las convocatorias ya existentes”.

La indicación de la dependencia es que los ciudadanos que ya hayan presentado solicitudes y documentación, según la convocatoria original, en el mismo plazo de dos días de registro extraordinario, deberán refrendar su interés en la participación en el proceso.

La comisión encargada  de preparar el desarrollo y la vigilancia del proceso de las elecciones en las juntas auxiliares, dentro del plazo extraordinario de dos días, deberá reevaluar las planillas de los ciudadanos que hubieran sido rechazadas a causa de falta de cumplimiento de los requisitos que se dejan sin efecto respecto de la convocatoria original.

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