• Educación

Congreso aprueba sólo reubicar a maestros que reprueben exámenes

  • María Pineda
Las modificaciones se dan 19 días después de que se validó la nueva ley de seguridad privada y la armonización de la reforma educativa
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El Congreso del Estado aprobó por unanimidad modificaciones a las leyes de Educación del estado y de Seguridad Privada, propuesta que la semana pasada envió el gobernador Rafael Moreno Valle.

Los cambios se dan 19 días después de que los diputados validaron la armonización de la Ley de Educación y la expedición del nuevo ordenamiento en materia de seguridad, el cual faculta a la Secretaría General de Gobierno a regular a las empresas que presten un servicio de resguardo particular.

La reforma a la Ley de Educación del Estado se aprobó con 31 votos a favor, tres en contra y una abstención, con lo cual se suprime el tercer párrafo del artículo tercero transitorio referente a la Ley General del Servicio Profesional Docente.

El 12 de marzo, la LIX Legislatura aprobó el proyecto del Ejecutivo, en el cual se establecía que:  “el personal que no se sujete a los procesos de evaluación o no se incorpore a los programas de regularización, será separado del servicio público sin responsabilidad para la autoridad educativa o el organismo descentralizado”.

Sin embargo, con la reforma que se validó, no habrá separación del cargo del personal que no se ajuste a los procesos de evaluación y a los programas de regularización.

De esta manera el artículo tercero transitorio queda de la siguiente manera:  “el personal que no alcance un resultado suficiente en la tercera evaluación (…) no será separado de la función pública y será readscrito para continuar otras tareas dentro de dicho servicio conforme lo determine la autoridad educativa”.

Casinos, cajas de ahorro y casas de empeño contratarán seguridad privada

Con 35 votos a favor los legisladores aprobaron que los establecimientos como las cajas de ahorro o prendarias, traslado de valores y casinos, estarán obligados a contratar servicios de seguridad privada, esto de acuerdo con los cambios propuestos por el mandatario a la Ley de Seguridad Privada.

La reforma se aplica en la fracción IV del artículo 17, así como la adición de dos párrafos al apartado 2 y un último párrafo al 4.

En lo referente a la adición al artículo  2, el proyecto indica: “los particulares que otorguen servicios de operaciones de depósitos de valores o en efectivo, prendarias, o de juegos y apuestas, tiene la obligación de adquirir y mantener servicios de seguridad privada  y medidas de seguridad adecuadas para evitar la comisión de delitos y brindar atención y respuesta oportuna a sus clientes”.

Además, se advierte que aquellos establecimientos que incumplan con lo anterior serán sancionados.

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