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Congreso faculta a Contraloría para revisar licitaciones y transporte

  • María Pineda
Podrá verificar la veracidad de la información que proporcionen los contratistas y si mienten borrarlos del padrón
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Por unanimidad, la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales aprobó un paquete de cinco iniciativas, con lo cual se faculta al titular de la Contraloría del Estado, Eukid Castañón Herrera, a revisar las licitaciones de obra pública, supervisar las líneas del transporte y solicitar a la dependencia del ramo un padrón de los operadores de las unidades.

La aprobación de las iniciativas propuestas por el gobernador Rafael Moreno Valle, se dio a dos días de que concluya el tercer periodo de sesiones de la LVIII Legislatura, y en un plazo de dos horas de discusión y análisis de los diputados que integran la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Ayer, al término de la sesión ordinaria, Gerardo Mejía Ramírez (PRI), presidente de la Mesa Directiva informó del ingreso de 15 iniciativas propuestas por el mandatario estatal.

Dentro de las reformas aprobadas, destacan las hechas a la Ley  Orgánica de la Administración Pública, Ley de Obra Pública y la Ley de Transporte del Estado, ordenamientos en los cuales se faculta al titular de la Contraloría a  intervenir en los procesos de licitación de obras en el estado y los ayuntamientos, así como la revisión de las líneas y horarios del transporte público.

En el caso de la Ley de Obra Pública del Estado, se permitirá a Castañón Herrera vigilar los procedimientos de adjudicación de obras o servicios, declarar la recisión de los contratos y solicitar a los ayuntamientos que le informen sobre las anomalías que se den en la ejecución de las obras.

En total, la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales autorizaron reformas y adiciones a 20 artículos y a las diferentes fracciones de dicho ordenamiento.

En las modificaciones, sobresalen el artículo 57, el cual señala que la Contraloría podrá  “verificar la veracidad de la información” que proporcionen los solicitantes durante los procesos de licitación, y en caso de que los datos sean falsos, eliminar a los contratistas del padrón.

La fracción VII del artículo 72 marca que los contratistas que sean notificados del  inicio de un procedimiento, contarán con un plazo de tres días hábiles para devolver la documentación entregada, y en caso de no hacerlo, se informará a la Contraloría para determine qué acciones se emprenderán.

También se establece que los ayuntamientos deberán informar a la Contraloría sobre las irregularidades que se den durante la ejecución de las obras, y en los casos en los que se comprueben las anomalías, se impondrá una multa de 50 a 5 mil días de salario vigente en la zona económica.

Padrón de chóferes y supervisión de las líneas del transporte

En cuanto a las modificaciones a la Ley del Transporte, la Secretaría del Transporte (ST) y la Contraloría podrán celebrar de manera “conjunta o separada”, convenios de coordinación y colaboración, contratos e instrumentos jurídicos con dependencias federales, estatales y municipales, para atender la problemática del sector.

Además, se permitirá al contralor del estado dictar “medidas” para poner a disposición de las autoridades competentes a los conductores o a los vehículos del servicio público de transporte y del servicio mercantil que infrinjan la normativa; vigilar el cumplimiento de las tarifas, itinerarios, recorridos, horarios y frecuencias estipuladas para el servicio público.

Castañón Herrera dispondrá de los registros de datos de las concesiones, permisos y licencias; estará facultado a emitir lineamientos, políticas, acuerdos y circulares para cumplir con las atribuciones de supervisión, vigilancia y revisión.

En cuanto al padrón de operadores de las rutas del servicio del transporte público,  el artículo 85 Bis advierte que los concesionarios deberán de informar a la ST y a la Contraloría, el nombre y datos personales de los conductores o choferes con quienes se tenga relación.

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