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Avala Comisión de Gobernación Ley del Centro Estatal de Mediación

Establecerá los lineamientos para lograr que los mediados lleguen a un acuerdo satisfactorio
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Por unanimidad, los integrantes de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del Poder Legislativo, que preside la Diputada Josefina Buxadé Castelán, aprobaron el dictamen con minuta de Ley del Centro Estatal de Mediación del Estado, el cual tiene por objeto promover y regular la mediación como medio alternativo de solución de conflictos, establecer los lineamientos para lograr que los mediados lleguen a un acuerdo satisfactorio para ambos; así como regular las funciones del Centro Estatal de Mediación en dicha materia.

Cabe señalar, que la iniciativa fue propuesta por el Diputado Guillermo Aréchiga Santamaría.

El Centro Estatal de Mediación es un organismo que depende de la Junta de Administración del Poder Judicial del Estado, con competencia en el territorio del Estado, con autonomía técnica y operativa para facilitar la solución de los conflictos planteados por los mediados.

Por votación unánime, el Cuerpo Colegiado avaló reformar la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal, de la Ley Orgánica Municipal y del Código Civil del Estado, con el propósito de que las funciones del Registro del Estado Civil de las personas se concentre en la Secretaría General de Gobierno, por lo que resulta necesario en este ámbito reformar la Ley Orgánica Municipal suprimiendo la facultad de los Presidentes Municipales la de exigir de los encargados del Registro Civil las noticias que periódicamente y por disposiciones de la Ley tienen obligación de rendir. Y por cuando hace al Código Civil para el Estado, en las poblaciones donde no haya Juez del Registro del Estado Civil, ya no será la autoridad local la encargada sino la Dirección de Registro del Estado Civil de las Personas.

Los integrantes de la Comisión también aprobaron reformar la Ley del Transporte para el Estado y la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal, para que las funciones de supervisión y revisión que ahora corresponden a la Secretaría de Transporte en la materia, se transfieran a la Secretaría de la Contraloría, quien la podrá ejercer a través del órgano técnico auxiliar, que de manera independiente las ejecute, lo que permite no mezclar la fiscalización de la administración pública y la supervisión de particulares en materias del transporte público y servicios mercantil.

De igual manera, por unanimidad, los legisladores acordaron reformar la Ley de Agua para el Estado y la Ley Orgánica de la Administración Pública, la cual propone que la Comisión Estatal de Agua y Saneamiento del Estado esté sectorizada a la Secretaría de Infraestructura con las siguientes atribuciones: ejecutar la obra pública que le corresponda para la prestación de los servicios públicos y solicitar a las autoridades correspondientes la expropiación, ocupación temporal, parcia o total de bienes o la limitación de los derechos de dominio. Mientras que se atribuye a la Secretaría de Infraestructura, coordinar con la instancia competente, la elaboración del Programa Estatal de Obras de infraestructura hídrica, ejecutadas total o parcialmente con recursos estatales.

Finalmente aprobaron por unanimidad, adicionar diversas disposiciones a la Ley Estatal de Salud, con el objetivo de que el Gobierno cuente con un procedimiento de rescisión en sede administrativa más rápido y expedito, para lo cual la Secretaría de la Contraloría podrá verificar en cualquier tiempo la información proporcionada por el contratista o prestador de servicios relacionados con la obra y en caso de existir información falsa, o bien que hagan presumir irregularidades por parte de los contratistas o prestadores de servicios, queden en el supuesto de impedimento para continuar contratando con él y de esta manera agilizar los trámites y evitar dilaciones que tienda a perjudicar al erario del Estado.

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