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Niegan a OHL amparo contra retiro de concesión carretera en Puebla

Por virtud de esta sentencia, debe considerarse que el rescate de la concesión fue legalmente decretado por las autoridades poblanas
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En sesión ordinaria celebrada hoy, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito negó a Autovías Concesionadas OHL, S.A. de C.V. el amparo que ésta solicitó en contra de la declaratoria del Gobierno de Puebla que rescató la concesión que le fue otorgada para la construcción, explotación, operación, conservación y mantenimiento del Libramiento Norte de la Ciudad de Puebla.

Por virtud de esta sentencia, debe considerarse que el rescate de la concesión fue legalmente decretado por las autoridades poblanas, así que quedó cerrado el debate a ese respecto.

Únicamente quedaron a salvo los derechos del concesionario que perdió la concesión en virtud del rescate, para ser indemnizado conforme al artículo 14 de la Ley de Bienes del Estado de Puebla que dispone:

“En la declaratoria de rescate se establecerán las bases generales que servirán para fijar el monto de la indemnización que haya de cubrirse al concesionario; pero en ningún caso podrá tomarse como base para fijarlo el valor intrínseco de los bienes concesionados.”

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